Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 203.2 Kb.
BOC-A-2024-243-4060.
Firma electrónica
- Descargar
BDNS (Identif.): 799290.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/799290).
Primero.- Bases reguladoras.
Orden n.º 356, de 7 de julio de 2020, de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y de vigencia indefinida destinadas a apoyar la organización de eventos deportivos de carácter oficial celebrados en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 146, de 21.7.2020).
Segundo.- Cuantía.
Se destina para esta convocatoria de subvenciones un importe de doscientos mil (200.000,00) euros.
Tercero.- Plazos de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 16 de abril hasta el 5 de mayo de 2025, ambos inclusive.
Cuarto.- Notificación de las Resoluciones provisionales y definitivas.
Las resoluciones provisionales de concesión, a efectos de notificación, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Consejería competente en materia de deportes. Las resoluciones definitivas de concesión, a efectos de notificación, se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.
Quinto.- Delegación.
Delegar en la persona titular de la Dirección General de la Actividad Física y el Deporte la competencia para conceder las subvenciones objeto de esta convocatoria. Esta delegación de competencia lleva implícita la de ampliación del importe de la convocatoria cuando no requiriera de una nueva convocatoria, la de dictar resolución de modificación de cuantías en el supuesto de que los créditos definitivamente aprobados por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025 no coincidan con los establecidos en la presente Orden, la de dictar la resolución que declare justificada, total o parcialmente, o no justificada la subvención, la incoación y resolución del procedimiento de reintegro, y cuantas resoluciones se precisen para la aplicación de la presente Orden.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de noviembre de 2024.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN
PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES,
Hipólito Alejandro Suárez Nuez.
© Gobierno de Canarias