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BOC Nº 242. Miércoles 4 de diciembre de 2024 - 4041

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4041 ANUNCIO de 19 de noviembre de 2024, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Menor n.º 22 del Plan General de Ordenación del municipio de Granadilla de Abona para la regulación de tipologías de equipamientos y dotaciones.

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BOC-A-2024-242-4041. Firma electrónica - Descargar

Para general conocimiento se publica que por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria que tuvo lugar el día 31 de octubre de 2024, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual n.º 22 del Plan General de Ordenación para la regulación de tipologías de equipamientos y dotaciones, introduciéndose las correcciones planteadas por la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento y los criterios exigidos por la CEAT respecto al cumplimiento de las medidas establecidas en el apartado 5.º del Acuerdo, declarando que la modificación menor no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y las medidas establecidas en el documento ambiental estratégico.

Segundo.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias y en el Boletín Oficial de la Provincia la normativa objeto de modificación y los planos de ordenación así como en la sede electrónica del Ayuntamiento, debidamente diligenciada por el Secretario o Funcionario Habilitado con expresión del órgano que aprobó el documento y fecha y con el índice indicativo del número e identificación de los textos escritos y gráficos. Así mismo, los planos y el resto de documentos que conformen el documento de información y modificación del Plan, así como la documentación prevista en el documento de evaluación ambiental, serán objeto de inclusión en el Registro de Planeamiento de Canarias y en el Consejo Cartográfico de Canarias, a cuyo efecto será remitida dicha documentación para su inclusión en los mismos.

Tercero.- La modificación puntual aprobada entrará en vigor en todo caso a los quince días hábiles de la completa publicación en los boletines oficiales correspondiente del acuerdo de aprobación definitiva y de la normativa y planos de ordenación, produciendo, de conformidad con su contenido, los siguientes efectos:

a) La vinculación de los terrenos, las instalaciones, las construcciones y las edificaciones al destino que resulte de la clasificación y calificación y su sujeción al régimen urbanístico que consecuentemente les sea de aplicación. La declaración de situación legal de consolidación o de afectación por actuación pública de las instalaciones, construcciones y edificaciones erigidas con anterioridad que resulten disconformes con la nueva ordenación, en los términos que dispone la ley y el propio planeamiento.

b) La obligatoriedad del cumplimiento de sus disposiciones por todas las personas, tanto públicas como privadas, siendo nula cualquier reserva de dispensación, sin perjuicio de la posibilidad de autorizar obras o usos provisionales conforme a lo previsto en la presente ley.

c) La ejecutividad de sus determinaciones a los efectos de la aplicación por la administración pública de cualquier medio de ejecución forzosa.

d) La declaración de la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los terrenos, las instalaciones, las construcciones y las edificaciones correspondientes, a los efectos de expropiación o de imposición de servidumbres.

e) La publicidad de su contenido, teniendo derecho cualquier persona a consultar y a obtener copia de la documentación, así como a ser informada por escrito sobre su contenido, en la forma que se determine reglamentariamente.

Granadilla de Abona, a 19 de noviembre de 2024.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Óscar David Delgado Melo.

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