Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 240. Lunes 2 de diciembre de 2024 - 3989

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura

3989 Secretaría General Técnica.- Resolución de 25 de noviembre de 2024, por la que se corrige error en la Resolución de 6 de noviembre de 2024, que convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo n.º 15685, denominado Jefe/a de Servicio Oficina Técnica, adscrito a la Oficina Técnica de la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural (BOC n.º 232, de 20.11.2024).

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 184.69 Kb.
BOC-A-2024-240-3989. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- En virtud de Resolución n.º 80/2024, de 6 de noviembre (BOC n.º 232, de 20 de noviembre), se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto n.º 15685, denominado Jefe/a de Servicio de Oficina Técnica, adscrito a la Oficina Técnica de la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural de este Departamento.

Segundo.- Efectuada la publicación de la convocatoria y consecuentemente abierto el plazo de quince días hábiles para la presentación de solicitudes de participación, se detecta error material en el Anexo I de la citada Resolución.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala en su artículo 109:

“1. Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Segunda.- El artículo 32.1 de la precitada norma dispone: “La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados”.

Igualmente, señala el apartado tercero de este precepto: “Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento”.

Por cuanto antecede y en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Corregir el error material advertido en el Anexo I de la Resolución n.º 80/2024, de 6 de noviembre (BOC n.º 232, de 20 de noviembre), por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto n.º 15685, denominado Jefe/a de Servicio de Oficina Técnica, adscrito a la Oficina Técnica de la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural de este Departamento.

Donde dice:

“CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural.

UNIDAD: Oficina Técnica.

NÚMERO DEL PUESTO: 15685.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Jefe/a de Servicio Oficina Técnica.

FUNCIONES: redacción y supervisión de proyectos. Seguimiento obras. Asesoramiento materia patrimonio.

NIVEL: 28.

PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75.

VÍNCULO: funcionario/a de carrera.

ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: IN.

GRUPO: A1.

ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: Cuerpo Superior Facultativo. Escala de Ingeniería y Arquitectura. Especialidad Arquitectura (A121).

MÉRITOS PREFERENTES: un año de experiencia en puesto similar.

JORNADA: normal.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife”.

Debe decir:

“CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural.

UNIDAD: Oficina Técnica.

NÚMERO DEL PUESTO: 15685.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Jefe/a de Servicio Oficina Técnica.

FUNCIONES: redacción y supervisión de proyectos. Seguimiento obras. Asesoramiento materia patrimonio.

NIVEL: 28.

PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75.

VÍNCULO: funcionario/a de carrera.

ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: IN.

GRUPO: A1.

ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: Cuerpo Superior Facultativo. Escala de Ingeniería y Arquitectura. Especialidad Arquitectura (A121).

MÉRITOS PREFERENTES: un año de experiencia en puesto similar.

JORNADA: normal.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria”.

Segundo.- Ampliar en siete días hábiles el plazo inicialmente establecido en la base tercera para la presentación de solicitudes de participación, cuyo vencimiento, teniendo en cuenta el plazo inicial más la ampliación otorgada, se producirá el día 23 de diciembre de 2024.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de noviembre de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Dolores Alonso Álamo.

© Gobierno de Canarias