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BOC-A-2024-237-3935.
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BDNS (Identif.): 797417.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/797417).
Primero.- Objeto.
La indemnización por el sacrificio obligatorio de animales y, en su caso, la destrucción de medios de producción que se consideren contaminados producidos como consecuencia de la aplicación de los programas nacionales sanitarios de vigilancia, control y/o erradicación de enfermedades de animales, de las campañas de saneamiento ganadero o de la tuberculosis caprina.
Segundo.- Beneficiarios.
Las personas o entidades que sean propietarias de los animales que estén previamente inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias y que cumplan con la normativa en vigor sobre sanidad animal, identificación, registro y bienestar animal, programas nacionales de control y erradicación de enfermedades animales y vigilancia epidemiológica de las encefalopatías espongiformes transmisibles.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 11 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas al sacrificio obligatorio de animales (BOC n.º 14, de 20.1.2012).
Cuarto.- Créditos a asignar a cada una de las resoluciones de concesión.
1. Se destinan a 2025 créditos por importe total de diez mil (10.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.11.412C 4700200 L.A.:13.4110.02 “Indemnización sacrificio de ganado”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2025.
2. Dichos créditos se distribuirán para cada una de los cinco periodos de selección y de resolución de concesión, de la siguiente manera:
1.er periodo de selección: 5.000,00 euros.
2.º periodo de selección: 1.250,00 euros.
3.er periodo de selección: 1.250,00 euros.
4.º periodo de selección: 1.250,00 euros.
5.º periodo de selección: 1.250,00 euros.
Quinto.- Cuantía de las ayudas.
Los baremos aprobados oficialmente y los que resultan de aplicación supletoria para determinar la cuantía de la subvención son los que se especifican a continuación:
1. Baremos por especies y enfermedades de los animales.
- Los previstos en el Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo (BOE n.º 89 de 14.4.2011), por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.
- Los previstos en el Real Decreto 823/2010, de 25 de junio, para los baremos de indemnización por el sacrificio obligatorio de los animales objeto de los programas nacionales de control de salmonella en manadas de aves reproductoras y ponedoras del género “Gallus gallus” y manadas de pavos reproductores.
- En el caso de la tuberculosis caprina se aplicará supletoriamente el baremo previsto en el Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, ya mencionado, para la brucelosis ovina y caprina.
- En el caso de sacrificio obligatorio de otras especies y enfermedades, se aplicarán los baremos que reglamentariamente se establezcan.
2. En el supuesto de las razas autóctonas Canarias, el baremo oficial a aplicar para determinar la cuantía de las indemnizaciones complementarias es el siguiente:
Ver anexo en las páginas 40925-40926 del documento Descargar
Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para acogerse a las subvenciones podrán presentarse en los plazos siguientes:
a) Para el primer periodo de selección, desde el día 1 de enero de 2025 hasta el 28 de febrero de 2025.
b) Para el segundo periodo de selección, desde el día 1 de marzo de 2025 hasta el 30 de abril de 2025.
c) Para el tercer periodo de selección, desde el 1 de mayo de 2025 hasta el 30 de junio de 2025.
d) Para el cuarto periodo de selección, desde el 1 de julio de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025.
e) Para el quinto periodo de selección, desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025.
Canarias, a 14 de noviembre de 2024.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA,
Alejandro Narvay Quintero Castañeda.
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