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BOC Nº 223. Viernes 8 de noviembre de 2024 - 3696

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Turismo y Empleo

3696 Dirección General de Trabajo.- Resolución de 23 de octubre de 2024, por la que se acuerda la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo de la empresa Ecología Canaria, S.A. (ECANSA).

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BOC-A-2024-223-3696. Firma electrónica - Descargar

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora de la prórroga del Convenio Colectivo de la empresa Ecología Canaria, S.A. (ECANSA), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 255, 24.10.2015), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, así como en el artículo 12.2.a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Empleo, aprobado por Decreto 37/2024, de 4 de marzo (BOC n.º 52, de 12.3.2024), esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2024.- El Director General de Trabajo, José Ramón Rodríguez Albertus.

ANEXO

ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO
DE ECOLOGÍA CANARIA, S.A. (ECANSA)

REUNIDOS

A las 14:00 horas del día 26 de junio de 2023, en las oficinas de ECANSA, en la Avenida Manuel Hermoso Rojas, n.º 3, 38008-Santa Cruz de Tenerife, de una parte, en representación de la entidad ECANSA:

- Manuel Jesús de León Lugo, con DNI n.º ***7043**, en calidad de director de la compañía ECANSA.

Y, de otra, por la parte social, en su calidad de representantes legales de los trabajadores de la mercantil ECANSA:

- Montesdeoca Hernández, Ancor, con DNI n.º ***1041**.

- Acuña Fernández, Eloy, con DNI n.º ***4481**.

- Núñez González, Manuel, con DNI n.º ***1436**.

Y, reconociéndose capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente documento,

ACUERDAN

Dar por finalizada la negociación del Convenio de ECANSA conforme a las siguientes estipulaciones:

1. Ambas partes acuerdan expresamente prorrogar el actual Convenio Colectivo de la empresa ECANSA con el ámbito temporal y vigencia que luego se indicará.

2. Se acuerda una subida salarial de un 4% exclusivamente al importe actual del concepto “Retribución Básica Conjunta” para el presente año 2023, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023.

3. Los atrasos devengados por ese concepto desde el 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023 serán abonados antes del 31 de julio.

4. En consecuencia, las nuevas tablas salariales con la actualización de la Retribución Básica Conjunta se aplicarán a partir del 1 de julio de 2023.

5. Se acuerda también una subida adicional de un 3% sobre el concepto “Retribución Básica Conjunta” para el siguiente año 2024, con fecha de aplicación de 1 de enero de 2024.

6. El resto del texto del Convenio de ECANSA, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Canarias n.º 14, de fecha 20 de enero de 2017, se mantiene, en su integridad, a salvo del artículo 3 relacionado con el ámbito temporal y vigencia y cuya redacción acordamos sea la siguiente:

Artículo 3.- Ámbito temporal y vigencia.

Con independencia de la fecha en que se publique en el Boletín Oficial, y sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes artículos, este Convenio Colectivo extenderá su vigencia por el periodo de dos años, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo para aquellos apartados en los que se pacte una vigencia específica.

Sin nada más que exponer, sobre las 14:30 horas se da por finalizada la reunión.

Ambas partes, de común acuerdo, firman el presente documento en Tenerife, en el lugar y fecha indicados en la cabecera del presente.- Manuel Jesús de León Lugo.- Ancor Montesdeoca Hernández.- Eloy Acuña Fernández.- Manuel Núñez González.

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