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BOC-A-2024-218-3605.
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A la vista de la propuesta de la Comisión de Valoración reunida el día 21 de octubre de 2024, relativa a la concesión definitiva de subvenciones al amparo de la Resolución de 27 de marzo de 2024 (BOC n.º 70, de 9.4.2024), de convocatoria de subvenciones a proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias para el año 2024, y formulada por la Comisión formada a tal efecto.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º) Mediante Orden de 18 de agosto de 2016 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias (BOC n.º 165, de 26.8.2016), modificadas por Orden de 10 de mayo de 2017 (BOC n.º 95, de 18.5.2017), por Orden de 8 de marzo de 2019 (BOC n.º 58, de 25.3.2019), por Orden de 8 de mayo de 2020 (BOC n.º 98, de 20.5.2020), y por Orden de 5 de junio de 2021 (BOC n.º 122, de 15.6.2021); y convocadas mediante Resolución de 27 de marzo de 2024 (BOC n.º 70, de 9.4.2024).
2.º) Las bases reguladoras antedichas establecen que los proyectos subvencionables serán los que tienen por objeto dinamizar una zona comercial abierta, con actuaciones de gestión de los intereses comunes que mejoren la competitividad del pequeño y mediano comercio, la promoción de una imagen unitaria y mejorada, así como la organización de actividades que hagan más atractivo, activo y ameno ese emplazamiento.
En concreto, será objeto de subvención:
• La creación y potenciación de unidades gerenciales.
• Constitución de marcas o diseño común de productos o establecimientos.
• Actuaciones de dinamización y promoción de la Zona Comercial Abierta.
3.º) El plazo de presentación de solicitudes se extendió durante un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2024 (BOC n.º 70, de 9.4.2024), de convocatoria para la concesión de subvenciones a Proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias.
4.º) Por Resolución n.º 342/2024 de 12 de junio de 2024, se nombran los miembros de la comisión técnica de evaluación a la que se refiere el apartado 1 del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5.º) Por Resolución n.º 334/2024, de 7 de junio, se requiere a diversos interesados, mediante la publicación de dicha Resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Consejería con fecha 6 de junio de 2024, a que completen los documentos y/o datos que se les solicitan con la expresa advertencia que si así no lo hiciesen, se les tendrá por desistidos de su petición, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, finalizando el mismo el 20 de junio de 2024 a las 14:00 horas.
6.º) El 18 de septiembre de 2024, el órgano instructor, a la vista del informe de evaluación, eleva la propuesta de resolución provisional al Director General de Comercio y Consumo. Finalizada la instrucción, la Dirección General de Comercio y Consumo remitió los expedientes administrativos acompañados de valoración técnica y económica comprensiva de todos los datos relevantes para la resolución a la Comisión para el estudio y selección de proyectos subvencionables.
7.º) Examinada la documentación e información suministrada por el órgano instructor, la Comisión procedió a la evaluación de los proyectos de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la convocatoria y emitió informe con el resultado de la misma.
8.º) Por Resolución del Director General de Comercio y Consumo n.º 535/2024, de 4 de octubre, se conceden provisionalmente subvenciones a proyectos de Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas de Canarias para el año 2024, publicada en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos.
9.º) La Comisión de Valoración reunida el 21 de octubre de 2024, de conformidad con las bases reguladoras, a efectos de analizar la documentación presentada por los beneficiarios y de evaluar las alegaciones y correcciones de errores, emite informe y acuerda la presente orden de concesión definitiva. Se procede por parte de la Mesa a dar lectura de los expedientes que han aceptado de acuerdo con el punto 7 de la base undécima de las bases reguladoras, comprobando que han aceptado y solicitado los abonos anticipados todos los beneficiarios, excepto la Asociación de Empresarios de San Isidro.
A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominaciones y competencias y orden de precedencias de las Consejerías, organiza la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, y en virtud de lo establecido en el Decreto 123/2023, de 17 de julio, se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
Segundo.- La presente Resolución de concesión se dicta de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo determinado en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y posteriores modificaciones, y en las bases reguladoras que rigen la convocatoria, aprobadas mediante Orden de 18 de agosto de 2016 (BOC n.º 165, de 26.8.2016) y modificadas por Orden de 10 de mayo de 2017 (BOC n.º 95, de 18.5.2017), por Orden de 8 de marzo de 2019, y por Orden de 5 de junio de 2021 (BOC n.º 122, de 15.6.2021); y convocadas mediante Resolución de 27 de marzo de 2024 (BOC n.º 70, de 9.4.2024).
Tercero.- La presente Resolución se dicta con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que tienen una dotación económica para la presente convocatoria de ochocientos mil (800.000,00) euros, distribuidos de la siguiente forma: setecientos mil (700.000,00) euros con cargo el presente ejercicio 2024, y cien mil (100.000,00) euros con cargo al ejercicio 2025, importes que encuentran cobertura presupuestaria en la aplicación presupuestaria 15.05.431B.780.02, 237G0314 “Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas”.
Cuarto.- La concesión de la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto.- De conformidad con la base decimotercera, punto 2, las subvenciones acogidas a las presentes bases podrán abonarse anticipadamente de acuerdo con lo regulado en el artículo 37.3 del Decreto 36/2009, y a los acuerdos que en su caso resulten aplicables.
Sexto.- La base undécima de las bases reguladoras en su punto 9 dispone: “... la resolución definitiva de concesión se notificará mediante la publicación en el Boletín Oficial de Canarias”.
Séptimo.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento ha sido observada la normativa de aplicación contenida en las bases reguladoras.
Octavo.- De conformidad con el Acuerdo de modificación octava de 4 de diciembre de 2023, del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, que en su Anexo 1.1 autoriza las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, así como que su ejecución y su justificación se produzcan antes de la finalización del siguiente ejercicio presupuestario a aquel en que fueron concedidos.
En base al anterior Acuerdo de Gobierno, mediante Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos n.º 56/2024 de 2 de julio, se ha aprobado el plan de acciones compresivo de las actuaciones y plazos para llevar a cabo la comprobación de las justificaciones de subvenciones.
En virtud de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO:
Primero.- Conceder con carácter definitivo las subvenciones a los beneficiarios relacionados en el Anexo I de la presente Resolución, por las cuantías establecidas en el mismo.
Segundo.- Desestimar las subvenciones a los solicitantes relacionados en el Anexo II, por los motivos que se especifican.
Tercero.- La subvención se destinará a sufragar los gastos aprobados de los proyectos presentados, quedando el otorgamiento de las citadas subvenciones bajo las condiciones generales contenidas en las bases que rigen la convocatoria así como en lo contenido en la presente Resolución.
Cuarto.- Para los beneficiarios que hayan solicitado el abono anticipado se modifican los plazos de realización y justificación de la actividad a desarrollar en la anualidad 2024, tanto si la subvención concedida tiene carácter anual o plurianual, estableciendo el plazo de ejecución del proyecto subvencionado al 31 de marzo de 2025 y el plazo de justificación al 20 de abril de 2025,
Quinto.- El beneficiario deberá adecuar las medidas de difusión al objeto subvencionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
“En el desarrollo de la actividad subvencionada se hará referencia en todo momento a la financiación del Gobierno de Canarias, debiendo aparecer, en su caso, el anagrama del mismo atendiendo a la normativa vigente sobre identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias.
En este sentido, se usará en todo momento en la ejecución de los proyectos, de forma obligatoria, el Manual de Identidad que contiene la definición de los elementos gráficos de comunicación y signos identificativos de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, disponible en la web de la Dirección General de Comercio y Consumo”.
Sexto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de octubre de 2024.- El Director General de Comercio y Consumo (p.d. Orden de 5.10.2023; BOC n.º 203, de 16.10.2023), David Mille Pomposo.
Ver anexo en la página 36549 del documento Descargar
ANEXO I
Ver anexo en la página 36550 del documento Descargar
ANEXO II
Ver anexo en la página 36551 del documento Descargar
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