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BOC Nº 213. Jueves 24 de octubre de 2024 - 3493

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Turismo y Empleo

3493 ORDEN de 15 de octubre de 2024, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025.

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BOC-A-2024-213-3493. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025”, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden departamental n.º 141/2023, de 14 de noviembre, se aprueba el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 233, de 27.11.2023).

Dicho Plan Estratégico de Subvenciones fue el resultado de fusión de los Planes Estratégicos de Subvenciones de la extinta Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2023-2025 y de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para 2023-2025.

Segundo.- Por Orden departamental n.º 215/2023, de 19 de diciembre, se aprueba la primera modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 1, de 2.1.2024).

Tercero.- Por Orden departamental n.º 137/2024, de 4 de abril, se aprueba la segunda modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 76, de 17.4.2024).

Cuarto.- Por Orden departamental n.º 231/2024, de 10 de mayo, se aprueba la tercera modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 99, de 21.5.2024).

Quinto.- Por Orden departamental n.º 523/2024, de 30 de septiembre, se aprueba la cuarta modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 203, de 11.10.2024).

Sexto.- Por parte de la Viceconsejería de Turismo de este Departamento y de la Unidad Administrativa Provisional de la Secretaría General Técnica, se han propuesto a través de memoria debidamente justificada nuevas líneas de subvenciones para el ejercicio 2023-2025, contempladas en la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2024. Las memorias presentadas indican lo siguiente:

VICECONSEJERÍA DE TURISMO.

I.- Introducción.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la disposición final primera de dicha Ley) que “los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención y proyectos de inversión en los que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se debe determinar para cada línea de subvención y proyecto de inversión un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico de Subvenciones podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

En cumplimiento de estos preceptos, más concretamente del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, y al objeto de dar cobertura a las actuaciones que la Viceconsejería de Turismo ha previsto desarrollar en el periodo 2023-2025, a través de la ejecución de varias líneas de actuación y proyectos de inversión, en materia de turismo, y dado que constan en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias de cada año determinadas líneas de actuación y proyectos de inversión en las citadas materias que deben estar contempladas.

A la vista de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, es por lo que se propone tramitar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025. A tenor del artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados” (artículo 6.1). Asimismo, se prevé que “los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente” (artículo 6.3). De ahí que el Plan diseñado para esta Consejería de Turismo y Empleo abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2023, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2024 al 2025.

En la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, dentro de la Sección 16 de la Consejería de Turismo y Empleo, y en concreto en el Servicio 1609 de la Viceconsejería de Turismo, Programa 432H, Planificación Turística y Sistema de Información, figuran líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Viceconsejería de Turismo y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario modificar el Plan Estratégico del Departamento para actualizar el mismo.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones en concurrencia no competitiva.

De conformidad con el contenido del artículo 14 bis del Decreto 36/2009, se debe incluir en el Plan Estratégico del Departamento la actuación nueva que se relaciona.

El proyecto se articula en este caso a través de subvenciones con procedimiento de concesión de concurrencia no competitiva, dirigido a Cabildos y sus organismos autónomos.

La dotación económica que se propone de 240.623,00 euros incrementa la dotación económica en un principio prevista para estas subvenciones de 359.377,00 euros, respectivamente, cuyo importe total asciende a 600.000,00 euros, crédito previsto en el presupuesto de gastos de la Consejería de Turismo y Empleo.

Ver anexo en la página 34846 del documento Descargar

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como objeto apoyar a las Corporaciones Locales en la elaboración e implementación de Planes de Acción Climática incardinados en el marco normativo europeo, nacional y autonómico, con el objeto de que por parte de las mismas se promuevan e implementen las acciones climáticas específicas recogidas en los Planes para cada una de las islas. Ello coadyuvará en el apoyo de las Corporaciones Locales para la creación o reconversión de productos turísticos de su ámbito territorial, dirigidas a la sostenibilidad, la resiliencia, la eficacia energética, la descarbonización y la economía circular. La finalidad viene, entonces, reflejada en la importancia tanto de la elaboración como implementación de los antedichos Planes que integran los elementos necesarios en esta materia adaptándose a las circunstancias y necesidades del destino turístico de las Islas Canarias, en aras de la consecución de los hitos establecidos en el horizonte temporal definido en las hojas de ruta para 2030 y 2050.

El efecto previsto para Canarias es la implementación de acciones climáticas por las Corporaciones Locales, dirigidas a la creación o reconversión de productos turísticos de su ámbito territorial, dirigidas a la sostenibilidad, la resiliencia, la eficacia energética, la descarbonización y la economía circular.

UNIDAD ADMINISTRATIVA PROVISIONAL.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin estos deben referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se debe determinar para cada línea de subvención un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en aquellos casos en que se concedan de forma directa.

En este sentido, y en consonancia con la mencionada normativa vigente, la Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos, en relación al programa 432H Planificación Turística y Sistema de Información, eleva propuesta para incorporar las siguientes modificaciones a las líneas de subvenciones ya incluidas en este Plan:

I.- Subvenciones en concurrencia no competitiva.

“Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular”.

Mediante Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, Boletín Oficial del Estado n.º 83, de 7 de abril de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiendo a Canarias la cuantía de 16.533.470,00 euros, de los cuales el 3,6% corresponde a costes indirectos (595.205,00 euros).

Con fecha 2 de enero de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de 19 de diciembre de 2022, de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2020-2022; en subvenciones en concurrencia no competitiva se incluye la Línea de Actuación 16.70.432H PILA 227G0194, Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular; Plazo de consecución: 2022-2026; importe: 15.938.265,00 euros, Fuente de financiación: Fondos Europeos, cuya convocatoria de subvenciones se publicó en la misma fecha, no habiéndose agotado aún el crédito de la citada convocatoria.

Mediante Resolución de fecha 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, se publica Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de fecha 29 de diciembre de 2023, Boletín Oficial del Estado n.º 20, del día 23 de enero de 2024, por la que se amplía el reparto territorial de crédito, con cargo al presupuesto de 2023, previsto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, destinado a la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de empresas turísticas, en el marco del Componente 14, Inversión 4, submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiendo a Canarias 11.631.782,00 euros, de los cuales el 3,6% corresponde a costes indirectos (418.744,15 euros).

Ver anexo en la página 34848 del documento Descargar

Dicho Acuerdo dispone que “de acuerdo con el artículo 44.b) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, a efectos de lo dispuesto en la regla sexta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, de la cantidad que corresponda transferir a cada comunidad no se descontarán los remanentes de fondos no comprometidos resultantes al término de cada ejercicio para esos créditos, que estén en poder de las mismas, que seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos”.

II.- Subvenciones directas.

a) “Sistema de predicción de riesgos ante emergencias causadas por fenómenos meteorológicos e hidrodinámicos adversos en las costas, particularmente en sistemas de playas, arenales y sistemas dunares”.

Subvención directa a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), con destino a la ejecución de la intervención “Sistema de predicción de riesgos ante emergencias causadas por fenómenos meteorológicos e hidrodinámicos adversos en las costas, particularmente en sistemas de playas, arenales y sistemas dunares”, dentro de la Actuación de Cohesión en destinos 1 integrada en el Plan territorial de Canarias, en la convocatoria extraordinaria de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos 2022, correspondiente a la inversión 1 submedida 2 del Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Actuación: a desarrollar íntegramente a través de convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. La actuación se divide en dos fases: una primera de estudio y una segunda de implantación de soluciones.

En la primera fase se realizarán las actividades conducentes a establecer la situación de referencia. Esto es, la elaboración de un diagnóstico que permita identificar las condiciones actuales y/o el grado de alteración en los sistemas de playas y dunas arenosas en la Comunidad Autónoma de Canarias, con especial énfasis en las zonas de mayor interés turístico y, en particular, en aquellas con mayor grado de exposición a impactos adversos generados por la dinámica oceánica y meteorológica. Estos trabajos proporcionarán una visión lo más detallada posible de las condiciones ambientales existentes y posibilitará la identificación del grado de vulnerabilidad de diferentes zonas de interés frente a posibles condiciones adversas, los potenciales impactos y riesgos, así como el establecimiento de indicadores y criterios de monitorización y evaluación. En definitiva, la elaboración del estudio de diagnóstico constituye un paso crucial para el adecuado desarrollo e implementación de un sistema de predicción y alerta temprana frente a procesos de erosión en playas y dunas arenosas causados por fenómenos meteorológicos e/o hidrodinámicos adversos.

La segunda fase se corresponde con la implementación de sistemas de monitorización, que proporcionen información local y fidedigna para la calibración y validación de los modelos de predicción, así como la selección e implementación de los modelos numéricos capaces de simular las condiciones océano-meteorológicas en el entorno del Archipiélago Canario. Lo anterior debe permitir alcanzar el objetivo último de esta actuación que consiste en disponer de un sistema de predicción/alerta que posibilite realizar tomas de decisión y actuaciones eficientes, con la mayor antelación posible, por parte de las administraciones correspondientes frente a eventos con impactos potencialmente negativos sobre la estabilidad de las playas y dunas de naturaleza arenosa y de interés turístico.

La dotación económica total de esta actuación es de un millón doscientos cincuenta mil (1.250.000,00) euros, crédito previsto en el presupuesto de gastos de la Consejería de Turismo y Empleo para el ejercicio 2024, en la aplicación presupuestaria 1670 432H 7820200 Fondo 70M1602 PILA 237G0252, en los términos recogidos en la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025 de 21 de mayo de 2024.

Ver anexo en la página 34849 del documento Descargar

b) “ACD 4: descarbonización de la Red de Espacios Interpretativos del Litoral Canario 600.000 euros”.

Subvención directa a Entidades Locales, con destino a la ejecución de la intervención “Descarbonización de la Red de Espacios Interpretativos del Litoral Canario”, dentro de la Actuación de Cohesión en Destino 4 Integrada en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Canarias, en la convocatoria extraordinaria 2022, correspondiente a la inversión 1 submedida 2 del Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Actuación: esta actuación se centra en la intervención en espacios de interpretación del litoral situados en edificaciones como la red de faros reacondicionados para la interpretación del patrimonio natural de la costa canaria. Con esta actuación se pretende hacer sostenibles estas edificaciones desde un punto de vista energético. Para ello se procederá a implementar las siguientes acciones:

1) Identificación de las necesidades de sostenibilidad energética de estos edificios y priorización de las intervenciones en base a su potencial tanto de ahorro energético como de utilización por parte del sector turístico.

2) Implantación de medidas de ahorro energético en las edificaciones de la Red seleccionadas. Se llevarán a cabo actuaciones para su aislamiento térmico, iluminación eficiente y ahorro energético.

3) Implantación de fuentes de energía sostenibles para abastecer el consumo energético de estas edificaciones.

Ver anexo en la página 34850 del documento Descargar

Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como objeto promover la mejora de la competitividad de los destinos turísticos a través de la mejora del atractivo de los espacios públicos e infraestructuras privadas, gestión medioambiental, estructuración de productos turísticos y aquellos proyectos destinados a actuaciones de mejora de la calidad turística del destino.

El efecto previsto para estas actuaciones es que Canarias se constituya como un destino turístico de primer orden, punto de referencia para el turismo nacional e internacional.

Los fondos públicos destinados a tal fin, derivados de las modificaciones de crédito tramitadas, están financiados por la Unión Europea con fondos Next Generation EU (MRR).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la disposición final primera de dicha Ley), establece: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. De ahí que, dado que el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulan dichos planes (artículo 6), su contenido (artículo 7) y seguimiento (artículo 8).

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los Departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artículo 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.

Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados” (artículo 6.1). Asimismo, se prevé que “los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente” (artículo 6.3). De ahí que el Plan diseñado para esta Consejería de Turismo y Empleo abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2023, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2024 al 2025.

Quinto.- El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos:

“1. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido:

a) Objetivos estratégicos, …

b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación ...

2. El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública”.

Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009 al determinar que “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.

Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025, que fue aprobado por Orden departamental n.º 141/2023, de 14 de noviembre, de la Consejería de Turismo y Empleo, y modificado por Orden n.º 215/2023, de 19 de diciembre; Orden n.º 137/2024, de 4 de abril; Orden n.º 231/2024, de 10 de junio, y Orden n.º 523/2024, de 30 de septiembre.

Octavo.- Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 5.2.g) del Reglamento Orgánico de Departamento, aprobado por Decreto 37/2024, de 4 de marzo,

RESUELVO:

Modificar el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025”, en los términos recogidos en la presente Orden y sus anexos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre de 2024.

LA CONSEJERA DE TURISMO
Y EMPLEO,
Jéssica del Carmen de León Verdugo.

ANEXO I

MODIFICACIONES REALIZADAS

Ver anexo en las páginas 34852-34856 del documento Descargar

ANEXO II

TEXTO REFUNDIDO

Ver anexo en las páginas 34857-34917 del documento Descargar

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