Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
4 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 227.46 Kb.
BOC-A-2024-180-2920.
Firma electrónica
- Descargar
Examinado el procedimiento iniciado por la Dirección General de Universidades e Investigación referente a la convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2023/2024, y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Orden de 28 de agosto de 2023, de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2023/2024 y se realiza la convocatoria de determinadas becas y ayudas.
Segundo.- Con fecha 29 de diciembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 27 de diciembre de 2023, por la que se resuelve aprobar y publicar la primera relación de concesión definitiva de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2023/2024.
Tercero.- Con fecha 22 de abril de 2024, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 11 de abril de 2024, por la que se resuelve aprobar y publicar la segunda relación de concesión definitiva de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2023/2024.
Cuarto.- Con fecha 7 de mayo de 2024, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 25 de abril de 2024, por la que se resuelve aprobar y publicar la tercera relación de concesión definitiva de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2023/2024.
Quinto.- Con fecha 5 de junio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 27 de mayo de 2024, por la que se resuelve aprobar y publicar la cuarta relación de concesión definitiva de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2023/2024.
Sexto.- Celebrada la Comisión de Becas con fecha 15 de julio de 2024, se ha procedido a aprobar la propuesta de acuerdo de rebaja de requisitos académicos y aumento de umbrales, de conformidad en la base segunda, apartado tres, de la convocatoria de becas y ayudas a estudios universitarios para el curso 2023/2024.
Séptimo.- Con fecha 29 de julio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 18 de julio de 2024, por la que se conceden, con carácter extraordinario, becas a determinados solicitantes como consecuencia de rebajar los requisitos académicos y aumentar umbrales en la convocatoria de becas y ayudas para estudios universitarios para el curso 2023/2024.
Octavo.- El plazo de presentación de recursos fue desde el 30 de julio hasta el 29 de agosto de 2024.
Noveno.- Se presentan recursos contra la mencionada Resolución de 18 de julio de 2024, solicitando la revisión de su expediente.
A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Ley 8/2003, de 3 de abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios, tiene por objeto establecer el régimen general de las becas y ayudas a los estudios universitarios que el Gobierno de Canarias oferta en sucesivas convocatorias anuales con cargo a los Presupuestos de la Comunidad, de cara a facilitar el acceso de los estudiantes a los mismos.
Segundo.- Es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en lo que se refiere al procedimiento de reintegro y régimen sancionador.
Tercero.- La Orden de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la convocatoria de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2023/2024 y se realiza la convocatoria de determinadas becas y ayudas.
Cuarto.- Según la base segunda, apartado tres, de la Orden antes mencionada, “Si el importe total de las becas concedidas fuese inferior al del crédito inicialmente consignado en la partida presupuestaria, para repartir el crédito sobrante se procederá, en primer lugar, a rebajar los requisitos académicos hasta un máximo de 10 puntos porcentuales, siempre que la renta familiar esté por debajo del umbral 1. En este caso, se concederán todas las modalidades que procedan. En segundo lugar, aumentar los umbrales de renta establecidos, hasta un máximo de 2.000 euros. En este supuesto, solo se concederá la beca de cuantía fija en la modalidad de matrícula y en su caso agotar el crédito consignado”.
Quinto.- El resuelvo decimonoveno de la citada Orden delega en el Director General de Universidades e Investigación la instrucción y resolución de la convocatoria y la resolución de las incidencias relacionadas con las mismas, así como la posible ampliación del plazo de presentación de solicitudes por situaciones excepcionales.
De acuerdo con todo lo anterior, y en ejercicio de las competencias atribuidas en la Orden por la que se aprueban las bases que rigen en este procedimiento,
RESUELVO:
Primero.- Estimar el recurso potestativo de reposición interpuesto por la solicitante relacionada en el anexo de la presente Resolución y conceder la beca por la modalidad que se indica.
Segundo.- Reconocer la obligación y proponer el pago por el importe que figura en el anexo, que es un total de 1.116,72 euros y cuyo abono se efectuará mediante transferencia bancaria a favor de la persona beneficiaria de la beca y con cargo a la siguiente partida presupuestaria: 1704. 323A. PI/LA 174G1642 480.02 “Ayudas a los Estudios Universitarios Ley 8/2003, Beca”.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los tablones de anuncios de los Negociados de Becas de las Universidades públicas canarias y en la web: http://www.gobiernodecanarias.org/eucd, en la ubicación: Comunicaciones/Becas estudios universitarios, curso 2023-2024/Gobierno de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de septiembre de 2024.- El Director General de Universidades e Investigación, Jafeth Alonso Estupiñán.
Ver anexo en la página 28893 del documento Descargar
ANEXO
RECURSO ESTIMADO DE UNIVERSIDADES NO CANARIAS
© Gobierno de Canarias