Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
5 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 184.15 Kb.
BOC-A-2024-175-2835.
Firma electrónica
- Descargar
Primero.- Mediante Decreto 124/2020, de 10 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 258, de 16 de diciembre de 2020, se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2020, posteriormente modificada mediante el Decreto 223/2022, de 1 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 241, de 9 de diciembre de 2022, y mediante el Decreto 405/2023, de 20 de noviembre, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 233, de 27 de noviembre de 2023.
Segundo.- Mediante Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 243, de 13 de diciembre de 2023, se convocan pruebas selectivas para ingresar, mediante promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General y Escala de Administración Financiera y Tributaria (Grupo A, Subgrupo A1); en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1); y en el Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2020 para la Administración General, aprobada mediante Decreto 124/2020, de 10 de diciembre.
Tercero.- La Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, aprueba las bases específicas que regirán la convocatoria, que figuran en el Anexo II de la citada Resolución.
Cuarto.- El Anexo II, bases específicas, Sección 1.ª, Disposiciones generales, recoge en su apartado:
“2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para poder participar en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos recogidos en el artículo 7 de las bases generales:
6) Tener la condición de empleada pública o empleado público, en alguno de los siguientes supuestos:
a) Personal funcionario de carrera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o de la Administración General del Estado, de Administraciones Públicas de otras Comunidades Autónomas o de las Entidades integrantes de la Administración Local, siempre y cuando se encuentre ocupando un puesto de trabajo en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias obtenido, con carácter definitivo, mediante concurso o libre designación y pertenezca a alguno de los Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades a que se refiere el Anexo IV de la presente Resolución, y siempre y cuando haya prestado servicios efectivos en el Cuerpo, Escala y, en su caso, Especialidad desde el que se promociona, al menos durante dos años.”
Quinto.- El Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, recoge en su artículo:
“4. Fomento de la participación de las empleadas y los empleados de la Administración General en la promoción interna.
Apartado 5. A los efectos de verificar el cumplimiento del periodo mínimo de permanencia a que se refiere el artículo 29.1 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, para poder participar en un proceso de selección, mediante promoción interna, se tomará en cuenta el periodo en que la persona hubiere estado en servicio activo como personal funcionario interino en el mismo cuerpo, escala o especialidad objeto de la convocatoria, o en cualquier otro cuerpo, escala o especialidad del mismo grupo o subgrupo de aquel al que promociona, o en uno superior, siempre que se trate de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, con posterioridad al momento en que hubiese ingresado, como personal funcionario de carrera, en el cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional desde el que promociona.
Con los mismos efectos previstos en el párrafo anterior, se computará como tiempo de permanencia aquellos periodos en los que la persona hubiere estado bajo la condición de personal funcionario interino en el cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional desde el que promociona, siempre que se trate de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, antes de su ingreso como personal funcionario de carrera en este último.”
Dicho Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 158, de 12 de agoto de 2024, entró en vigor, en lo que respecta al referido apartado 5 del artículo 4, conforme a su disposición final décima, al día siguiente de su publicación, es decir, el 13 de agosto de 2024.
Sexto.- De conformidad con lo establecido en el punto 4 de las bases específicas, contenidas en el Anexo II de la Resolución de convocatoria de 29 de diciembre de 2024 (BOC n.º 243, de 13.12.2024):
“4.2. El plazo de presentación de solicitudes de participación en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles, a partir del 15 de enero de 2024, inclusive, tras la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución.”
Dicho plazo de presentación de solicitudes concluiría el día 9 de febrero de 2024.
A la vista de lo establecido en el artículo 4.5 del Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que recoge una condición más favorable en la interpretación del requisito exigido, de tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo desde el ingreso en el cuerpo/escala/especialidad o agrupación profesional al que pertenecen, establecido en el artículo 29.1 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y ante la posibilidad de la existencia de interesados que hubieran participado en los procedimientos selectivos de promoción interna convocados por Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 243, de 13 de diciembre de 2023, de conocer dicha interpretación, y de conformidad con las competencias conferidas en el artículo 76.1.g) del Decreto 108/2024, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, esta Dirección General de la Función Pública
RESUELVE:
Primero.- Plazo extraordinario de presentación de solicitudes.
Abrir un plazo extraordinario de viente (20) días hábiles para la presentación de solicitudes de participación, en los procedimientos selectivos de promoción interna convocados mediante Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 243, de 13 de diciembre de 2023, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2020 para la Administración General, aprobada mediante Decreto 124/2020, de 10 de diciembre, que se detallan a continuación:
• Cuerpo General de Administración, Escala de Administración General.
• Cuerpo General de Administración, Escala de Administración Financiera y Tributaria.
• Cuerpo Administrativo.
Segundo.- Fecha límite cumplimiento del requisito de antigüedad.
Podrán presentarse todas aquellas personas interesadas que, a fecha 9 de febrero de 2024, reunieran los requisitos establecidos en el artículo 4.5 del Decreto ley 7/2024, de 31 de julio.
Aquellas personas que, hallándose en esta situación, hubieran presentado sus solicitudes en el plazo originalmente conferido entre el 15 de enero y el 9 de febrero de 2024, no necesitan hacerlo nuevamente.
Tercero.- Solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
3.1. Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario específico que corresponda al Cuerpo y Escala, en la que se participa, y que estará disponible en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Quienes, en virtud de la presente Resolución, deseen participar en más de un proceso selectivo de los convocados, deberán presentar una solicitud por cada Cuerpo o Escala por los que opten, accediendo a los siguientes enlaces:
Ver anexo en la página 28368 del documento Descargar
3.2. El plazo de presentación de solicitudes de participación en las pruebas selectivas será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
3.3. En el momento de presentación de la solicitud se deberá acreditar que se han abonado los derechos de examen mediante la aportación del documento justificativo de pago de tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las personas aspirantes deberán cumplimentar el modelo tributario y efectuar el pago de la tasa de acuerdo con las instrucciones que en su caso haya establecido la Agencia Tributaria Canaria.
Las personas aspirantes deberán seleccionar la tasa correspondiente a la participación en pruebas selectivas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que se encuentre vigente en el momento de efectuar la liquidación y pago de la tasa y que se corresponda con el Grupo de clasificación del Cuerpo, Escala o Especialidad al que opten.
La tasa vigente para el presente ejercicio viene recogida en la disposición adicional trigésima novena de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, que establece en los procesos de selección de personal funcionario de carrera convocados en el ámbito de la Administración General una tasa 15 euros para todos los grupos de clasificación, salvo para las agrupaciones profesionales del Grupo E que será de 10 euros.
El pago de la tasa deberá efectuarse en las entidades bancarias que tengan la consideración de colaboradoras.
3.4. Las instrucciones relativas a la presentación de solicitudes así como las relativas al modelo tributario de liquidación de tasa a cumplimentar, se encuentran publicadas en la página web de esta Dirección General https://gobiernodecanarias.org/administracionespublicas/funcionpublica/acceso/convocatorias-en-curso/
Estas instrucciones serán de carácter vinculante para las personas aspirantes.
Cuarto.- Plena vigencia.
La Resolución de 29 de noviembre de 2023, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar, mediante promoción interna horizontal y vertical, en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales y Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1); en el Cuerpo Administrativo (Grupo C, Subgrupo C1); y en el Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y aprueba las bases específicas de las mismas, contenidas en su Anexo II, continúa plenamente vigente.
Quinto.- Publicidad.
Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Dirección General de la Función Pública.
Impugnación.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo cuando la persona interesada tenga la condición de personal funcionario de carrera, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.2, letra a), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Conforme a lo previsto en el artículo 14.2 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio, los recursos habrán de interponerse ante los órganos judiciales de Santa Cruz de Tenerife por tener su circunscripción en el lugar donde tiene su sede el órgano convocante.
No obstante lo previsto anteriormente, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo (cfr. artículo 123.2), y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de agosto de 2024.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.
© Gobierno de Canarias