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BOC Nº 171. Viernes 30 de agosto de 2024 - 2781

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

2781 Dirección General de Seguridad.- Resolución de 23 de agosto de 2024, por la que se corrige error en la Resolución de 25 de julio de 2024, que convoca y aprueba las bases del concurso de méritos para la cobertura de puestos de trabajo de diferentes empleos del Cuerpo General de la Policía Canaria entre personal de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pendientes en las Ofertas de Empleo Público de 2021 y 2022, en ejecución de la disposición transitoria segunda del Decreto 438/2023, de 18 de diciembre (BOC n.º 154, de 6.8.2024).

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BOC-A-2024-171-2781. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de 25 de julio de 2024, por la que se convocan y aprueban las bases del concurso de méritos para la cobertura de puestos de trabajo de diferentes empleos del Cuerpo General de la Policía Canaria entre personal de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pendientes en las Ofertas de Empleo Público de 2021 y 2022, en ejecución de la disposición transitoria segunda del Decreto 438/2023, de 18 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 154, de 6 de agosto de 2024, se determinaron en el Anexo I de las bases los puestos ofertados por concurso. Una vez publicadas se advierte error material en la adscripción a las bases del Cuerpo General de la Policía Canaria de diferentes puestos.

En tanto el único acto del procedimiento dictado hasta la fecha es la referida Resolución de 25 de julio de 2024, sin haberse generado derecho alguno que pueda verse perjudicado por la corrección pretendida, entendemos que es acorde al ordenamiento poder efectuar tal corrección en el Anexo I en los términos que se indican, si bien a efectos de no perjudicar los derechos e intereses legítimos de las personas candidatas, ha de ampliarse el plazo de solicitudes a partir del día siguiente al de la publicación de esta.

Es de aplicación el artículo 109, apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que refiere que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En virtud de lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de la competencia atribuida a esta Dirección General de Seguridad por el artículo 110, letra k), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por el Decreto 108/2024, de 31 de julio, respecto de la convocatoria y resolución de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo del Cuerpo General de la Policía Canaria,

RESUELVO:

Primero.- Se corrigen del ANEXO I, “PUESTOS QUE SE OFERTAN POR CONCURSO”, de las bases del concurso de méritos para la cobertura de puestos de trabajo de diferentes empleos del Cuerpo General de la Policía Canaria entre personal de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pendientes en las Ofertas de Empleo Público de 2021 y 2022, en ejecución de la disposición transitoria segunda del Decreto 438/2023, de 18 de diciembre, aprobadas por Resolución de este centro directivo de 25 de julio de 2024 (BOC n.º 154, de 6.8.2024):

a) Del puesto con “CÓDIGO DE SELECCIÓN”, número 04, Oficial URO, en la columna “BASE DE ADSCRIPCIÓN”, donde dice “GC” debe decir “TF/GC”.

b) Del puesto con “CÓDIGO DE SELECCIÓN”, número 11, Policía URO, en la columna “BASE DE ADSCRIPCIÓN”, donde dice “GC” debe decir “TF”.

c) Del puesto con “CÓDIGO DE SELECCIÓN”, número 12, Policía URO, en la columna “BASE DE ADSCRIPCIÓN”, donde dice “GC” debe decir “TF/GC”.

Segundo.- Se amplía el plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso objeto de esta Resolución en veinte (20) días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las personas candidatas que ya hubieran presentado su solicitud tras la publicación inicial de las bases de la convocatoria no deberán formular una nueva instancia, sin perjuicio de su posibilidad de desistir en cualquier momento, previamente a la resolución definitiva del concurso.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponerse en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Canarias, a 23 de agosto de 2024.- El Director General de Seguridad, David del Pino Franquet.

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