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BOC Nº 168. Martes 27 de agosto de 2024 - 2743

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V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias

2743 Dirección General de Juventud.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de agosto de 2024, de requerimiento de subsanación de las solicitudes presentadas a la convocatoria para la concesión en el año 2024 de subvenciones destinadas a financiar la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas para la adquisición de una práctica profesional, vinculadas a la realización de proyectos de interés público y social destinados a la juventud en la Comunidad Autónoma de Canarias, susceptibles de estar cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ámbito del nuevo marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027 (Fondo Social Europeo Plus FSE+).

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BOC-A-2024-168-2743. Firma electrónica - Descargar

Por Orden n.º 672, de 28 de junio de 2024, de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, publicada el 10 de julio de 2024 en el Boletín Oficial de Canarias n.º 134, se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión, en el año 2024, de subvenciones destinadas a financiar la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para la obtención de una práctica profesional, vinculada a la realización de proyectos de interés público y social destinados a la juventud en la Comunidad Autónoma de Canarias, susceptibles de ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ámbito del nuevo marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027 (Fondo Social Europeo Plus FSE+).

La base decimoséptima de la citada convocatoria establece que el órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección General de Juventud, que verificará el cumplimiento de los requisitos y de la documentación preceptiva establecida en la misma, requiriendo en su caso a las entidades interesadas la subsanación de aquellos extremos que resultasen procedentes.

Concluido, el 30 de julio de 2024, el plazo de presentación de solicitudes de subvención y examinadas las solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en la base decimoséptima, apartado 2, se requiere a los interesados relacionados en el Anexo I para que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen las faltas y/o acompañen los documentos preceptivos, con la advertencia de que si así no lo hicieren se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas .

La entidad Asociación Benéfica ONG Ser Humano, con CIF G35954056, con fecha 30 de julio de 2024, presenta escrito en el que declara que anula el expediente n.º 26/1/2024-0710100143, relativo a su solicitud de subvención para el proyecto denominado “UNIENDO+”. Por lo que resulta desistida en su petición.

Asimismo, procede declarar desestimadas, por incumplir los requisitos exigidos en la convocatoria, las solicitudes presentadas por aquellas entidades que se relacionan en el Anexo II. Dichas entidades podrán, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, formular las alegaciones y presentar los documentos y justificantes que estimen oportunos en relación con los incumplimientos que se detallan en el citado anexo.

La presentación de la documentación requerida se realizará a través del procedimiento habilitado al efecto en la sede electrónica https://sede.gobiernodecanarias.org/, accediendo al "Área personal”, “Consulta de Expediente", "Ver detalle", "Aportación de documentos".

San Cristóbal de La Laguna, a 12 de agosto de 2024.- El Director General de Juventud, Daniel Morales García.

Ver anexo en la página 27636 del documento Descargar

ANEXO I

ENTIDADES QUE HAN DE SUBSANAR

Ver anexo en las páginas 27637-27638 del documento Descargar

ANEXO II

SOLICITUDES DESESTIMADAS POR INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

Ver anexo en la página 27639 del documento Descargar

ANEXO III

ENTIDADES DESISTIDAS

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