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BOC Nº 128. Martes 2 de julio de 2024 - 2123

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes

2123 ORDEN de 19 de junio de 2024, por la que se declara superada la fase de prácticas por las aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado mediante Orden de 2 de marzo de 2022, a las que se concedió aplazamiento de la fase de prácticas y a las declaradas no aptas que han repetido las prácticas en el curso 2023-2024.

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BOC-A-2024-128-2123. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta de la Directora General de Personal y Formación de Profesorado de fecha 17 de junio de 2024, relativa a la superación de la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 2 de marzo de 2022, a los que se les concedió aplazamiento de la fase de prácticas, los que fueron declarados no aptos y han realizado o repetido las prácticas en el curso 2023-2024, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 2 de marzo de 2022, de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2021.

Segundo.- Por Resolución de la Dirección General de Personal de 27 de enero de 2023 (BOC n.º 28, de 9.2.2023), se aprueban y publican las listas de aspirantes seleccionados por especialidades y se nombran funcionarios y funcionarias en prácticas, derivadas del procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado mediante Orden de 2 de marzo de 2022.

Tercero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Personal de fecha 25 de enero de 2023, con n.º 219/2023, se concede aplazamiento, por una sola vez, de la fase de prácticas en el curso 2022/2023, para su realización durante el curso 2023/2024, a Dña. María Siomara Hernández Hernández, en la especialidad de Música.

Cuarto.- De acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Resolución de la Dirección General de Personal n.º 3746/2022, de 23 de septiembre de 2022, por la que se establece la fase de prácticas del procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 2 de marzo de 2022, y se establecen las disposiciones para garantizar una realización adecuada de la misma, las Comisiones de Evaluación han calificado esta fase de prácticas y han elevado a la Dirección General de Personal las actas correspondientes de los funcionarios y las funcionaria en prácticas, así como el expediente administrativo.

Quinto.- De acuerdo con lo establecido en la base 20, apartado 20.2, de la Orden de convocatoria, “en caso de ser calificado como no apto, la Dirección General de Personal podrá autorizar la repetición de esta fase por una sola vez….”; Dña. Sara Afonso González, Dña. Laura Minaya Mecinas y Dña. María Elena Rodríguez Betancort fueron calificadas como “no aptas” en la fase de prácticas realizada durante el curso 2022-2023, por lo tanto, repitieron las prácticas en el curso 2023-2024, habiendo sido calificadas como “aptas” por las Comisiones Evaluadoras creadas al efecto, como se recoge en las actas de fechas 9, 16 y 20 de mayo de 2024.

Sexto.- De acuerdo con la base 21 de la Orden de convocatoria, se ha comprobado que las interesadas que han sido calificados como “aptas”, reúnen los requisitos generales y específicos establecidos en la base 4 de la Orden de convocatoria.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuanto sea de aplicación.

Segundo.- El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE n.º 53, de 2.3.2007), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, en cuanto le sea de aplicación.

Tercero.- La Orden de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 2 de marzo de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingresar al Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2021, especialmente su base 21 que establece “Concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria, la Consejería de Educación y Universidades aprobará el expediente del procedimiento selectivo, haciéndolo público en el Boletín Oficial de Canarias”.

Cuarto.- Resolución n.º 3746/2022, de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Personal, por la que se establece la fase de prácticas del procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 2 de marzo de 2022, y se establecen las disposiciones para garantizar una realización adecuada de la misma.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes,

RESUELVO:

Primero.- Declarar que han superado la fase de prácticas las aspirantes seleccionadas que figuran en el anexo de esta Orden.

Segundo.- Elevar la presente Orden al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para la formalización de los nombramientos como funcionarias de carrera de las aspirantes seleccionadas relacionadas en el anexo de esta Orden, con efectos de 1 de septiembre de 2024.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes o, en el plazo de dos meses, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 2024.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN
PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES,
Hipólito Alejandro Suárez Nuez.

ANEXO

CUERPO DE MAESTROS

Ver anexo en la página 21140 del documento Descargar

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