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BOC Nº 123. Martes 25 de junio de 2024 - 2044

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2044 EXTRACTO de la Orden de 14 de junio de 2024, por la que se convocan para la campaña 2024 las ayudas de la Acción III.6 “Ayuda a la producción láctea de caprino y ovino de origen local”, Subacciones III.6.1 “Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales” y III.6.2 “Ayuda al productor de leche de caprino-ovino”, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

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BOC-A-2024-123-2044. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 768733.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768733).

Primero.- Objeto.

Convocar para la campaña 2024 las ayudas previstas en la Acción III.6. Ayuda al consumo de productos lácteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local, Subacciones III.6.1 Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales y III.6.2 Ayuda al productor de leche de caprino-ovino, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Segundo.- Beneficiarios.

Las industrias lácteas o queserías artesanales que adquieran leche de caprino y ovino de origen local para la elaboración de productos lácteos y productores que vendan su leche a las industrias lácteas o queserías artesanales.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 28 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que lo componen (BOC n.º 233, de 4.12.2017).

Cuarto.- Cuantía.

Los importes unitarios de las ayudas son los siguientes:

- Subacción III.6.1 Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales: 55 euros por tonelada de leche entera de cabra y oveja de origen local adquirida a los ganaderos locales para elaborar los productos citados.

- Subacción III.6.2 Ayuda al productor de leche de caprino-ovino: 283 euros por tonelada de leche entera de cabra y oveja de origen local entregada a la industria láctea para la elaboración de los productos citados, cuantía que se elevará a 293 euros para los productores cuyas explotaciones se encuentren en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, La Palma o El Hierro.

Asimismo, se abonará un complemento de ayuda de un 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda correspondiente para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (Submedida 6.1 del PDR 2014-2020 o Intervención 6961.1 del PEPAC 2023-2027) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta convocatoria.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

a) Para cantidades de leche adquiridas a los ganaderos y/o producidas por estos, y utilizadas en la elaboración de productos objeto de ayuda entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024: se presentarán entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2024.

b) Para cantidades de leche adquiridas a los ganaderos y/o producidas por estos, y utilizadas en la elaboración de productos objeto de ayuda entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024: del 1 al 31 de enero de 2025.

Canarias, a 14 de junio de 2024.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA,
Alejandro Narvay Quintero Castañeda.

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