Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 180.28 Kb.
BOC-A-2024-113-1867.
Firma electrónica
- Descargar
El artículo 31 de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, atribuye al Gobierno la competencia para aprobar la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías.
Establecida la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías por el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, se considera necesario que la Dirección General de Seguridad y la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública dependan de alguna de las Viceconsejerías del Departamento.
En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 10 de junio de 2024,
DISPONGO:
Artículo único.- Modificación del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
Se modifica el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en los términos siguientes:
Uno. Se modifican los apartados 1.c), 3 y 4 del artículo 4, que quedan redactados en la forma siguiente:
“Artículo 4.- Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.
1. La Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento.
b) Viceconsejería de Administraciones y Transparencia.
c) Viceconsejería de Justicia y Seguridad.
d) Viceconsejería de recuperación económica y social de La Palma.
e) Secretaría General Técnica.
f) Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana.
g) Dirección General de la Función Pública.
h) Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos.
i) Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
j) Dirección General de Seguridad.
k) Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública.”
“3. Dependen de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección General de Seguridad y la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública.
4. La Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento, la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia, la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, la Viceconsejería de recuperación económica y social de La Palma y la Secretaría General Técnica, dependen directamente del Consejero o Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.”
Dos. Se añade un apartado a la disposición adicional primera como segundo guion, con el contenido siguiente:
“- Se suprime la Viceconsejería de Justicia, cuyas competencias se atribuyen a la Viceconsejería de Justicia y Seguridad.”
Tres. Se añade un nuevo apartado 1 a la disposición adicional segunda con el contenido que se indica a continuación y se reenumera el resto de apartados con los números 2 a 13:
“1. Se atribuyen a la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, además de las competencias en materia de justicia, las relativas al impulso y coordinación en materia de seguridad y de estudios, formación e investigación en Seguridad Pública, y las demás que se le atribuyan en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.”
Disposición final única.- Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Canarias, a 10 de junio de 2024.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.
© Gobierno de Canarias