Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 107. Lunes 3 de junio de 2024 - 1782

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Sanidad

1782 Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias.- Resolución de 22 de mayo de 2024, por la que se declara personal laboral fijo en la categoría de Administrativo/a, Grupo C, de este Complejo Hospitalario.

4 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 238.4 Kb.
BOC-A-2024-107-1782. Firma electrónica - Descargar

Vistas las Resoluciones de esta Dirección Gerencia n.º 1198/2011, de 15 de noviembre, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) n.º 238, de 2 de diciembre de 2011 (corrección de errores en el BOC n.º 251, de 23.12.2011), y n.º 28/2012, de 13 de enero, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 20, de 30 de enero de 2012, en las que se recogen las bases específicas de la convocatoria pública para la provisión de plazas vacantes de personal laboral de carácter indefinido, devenidas de la Oferta de Empleo Público 2007 (BOC n.º 49, de 12.3.2009), así como lo dispuesto en las bases genéricas (BOC n.º 18, de 28.1.2004) y su modificación (BOC n.º 49, de 12.3.2009).

Habiendo concluido el proceso selectivo referente a la provisión de 55 plazas vacantes de personal laboral de carácter indefinido de Administrativo/a, Grupo C, 46 por turno de acceso libre, 2 por turno de reserva por promoción interna y 7 por turno de reserva por minusvalía, iniciado en el Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, y que según consta en el Acta de la sesión del día 16 de mayo de 2024, y en las anteriores, aprobadas y firmadas por los miembros del Órgano de Selección, designados por las Resoluciones de esta Dirección Gerencia n.º 4083/2022, de 4 de agosto, la n.º 3744/2022, de 13 de julio, la n.º 626/2021, de 5 de marzo, la n.º 3274/2017, de 31 de octubre, y la Resolución de la Dirección General de RRHH del SCS n.º 1642/2017, de 23 de mayo, se han obtenido las puntuaciones finales de las distintas pruebas realizadas para las plazas ofertadas, habiéndose publicado en los tablones de anuncios del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias y en la dirección de Internet: http://www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/ (Área de Salud/ Tenerife/ HUC/ RRHH/ Selección/ OEP2007), en fecha 17 de mayo de 2024, conformándose, en aplicación de las bases que rigen la convocatoria.

Asimismo, de acuerdo al Acta de la sesión del día 16 de mayo de 2024, del Órgano de Selección, quedaron desiertas 5 plazas por turno de reserva por minusvalía, siendo las mismas acumuladas a las ofrecidas al turno de acceso libre, de acuerdo a lo dispuesto en la base cuarta, apartado 3.2, de las específicas.

Mediante el Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, se aprobó el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (BOC n.º 252, de 30 de diciembre), que modificó las competencias en materia de selección, provisión de puestos de trabajo y promoción interna del personal laboral adscrito a las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Canario de la Salud, pasando a ser el órgano competente, en lugar de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, tal y como señala la disposición adicional cuarta, apartado 2, en relación al artículo 68.1 del citado Decreto.

Por la Resolución de 5 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud (BOC n.º 176, de 12.9.2017), se delegó en esta Dirección Gerencia las competencias en materia de selección relativas exclusivamente a las pruebas selectivas de acceso a la condición de personal laboral fijo que derivan de la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2007, entre las cuales, la referente a
“... declarar la adjudicación de plazas ...”.

Por último, esta Dirección Gerencia es competente para dictar la presente Resolución, en función de las competencias delegadas por la Resolución de 5 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud.

Esta Dirección Gerencia,

RESUELVE:

Primero.- Declarar personal laboral fijo, en la categoría profesional de Administrativo/a, a los aspirantes seleccionados con adjudicación de plaza y destino, que se relacionan en el anexo de la presente Resolución.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- El adjudicatario dispondrá de un plazo de 30 días naturales para formalizar el contrato de trabajo fijo, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- Quedará sin efecto el nombramiento y anuladas las actuaciones, salvo casos de imposibilidad suficientemente acreditada, si se produjera alguno de los supuestos del apartado 2 de la base novena de las genéricas.

Contra la presente Resolución, que se dicta en virtud de competencias delegadas (BOC n.º 176, de 12.9.2017), y pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en virtud de la competencia residual prevista en el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, significando que, en el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

No obstante lo anterior, cuando se trate de personal laboral, podrá formularse demanda, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación/notificación de la presente, ante el Juzgado de lo Social correspondiente, fundamentada exclusivamente en los mismos hechos alegados en el expediente administrativo y acompañada de copia de la presente Resolución, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

San Cristóbal de La Laguna, a 22 de mayo de 2024.- El Director Gerente, Adasat Goya González.

ANEXO

Ver anexo en las páginas 17140-17141 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias