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BOC-A-2024-103-1747.
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Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4.4.1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20.6.2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Fulgencio José González Quintana mediante escrito de fecha 10 de mayo de 2024, tramitado con el número de entrada 75/2024/000061.
Los Estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Fulgencio José González Quintana, D. Rubén Ángel Rodríguez Cabrera y Dña. Mónica Montesdeoca Bosa, todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la Carretera Mozaga-Teguise, s/n, Complejo Agrotecnológico de Teguise, su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en el artículos 2 y 6 de sus Estatutos, en concreto empresarios o empresas ubicadas en el citado ámbito territorial y perteneciendo al sector de actividad de avicultura o arrendatarios de explotaciones avícolas legalmente inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias y clasificadas de recría de aves de producción, de producción para puesta o para carne, o incubadoras que voluntariamente soliciten su afiliación.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y en el tablón de anuncios del propio programa Deose Canarias, con el fin de dar publicidad a la admisión del depósito de los Estatutos para la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación Avícola de la Comunidad Autónoma de Canarias, en siglas ASAVICAN, con número de depósito 75100072.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en esta Dirección General de Trabajo, en los términos previstos en el artículo 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Asimismo, también cualquier interesado podrá obtener un ejemplar del documento depositado, a través del Deose Canarias en la opción “Copia de Estatutos”.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, siendo posible impugnarla dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida, ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11.10.2011).
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de mayo de 2024.- El Director General de Trabajo, José Ramón Rodríguez Albertus.
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