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BOC-A-2024-097-1652.
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BDNS (Identif.): 759792.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/759792).
Primero.- Objeto.
Las inversiones realizadas para la reconstrucción del potencial de producción agrícola dañado por la borrasca tipo DANA que afectó al municipio de Fuencaliente en la isla de La Palma, en diciembre de 2022, y por los incendios acaecidos en las islas de La Palma y de Tenerife en el verano de 2023, conforme a lo previsto en el artículo 26.2 de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la Región de Canarias, para el periodo 2014-2020, aprobadas por Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC n.º 186, de 23.9.2016).
Segundo.- Beneficiarios.
Agricultores o ganaderos o agrupaciones de estos, o entidades públicas, cuando quede demostrado el vínculo entre la inversión y el potencial de producción agrícola dañado por la borrasca tipo DANA que afectó al municipio de Fuencaliente en la isla de La Palma, en diciembre de 2022, y por los incendios acaecidos en las islas de La Palma y de Tenerife en el verano de 2023, y que cumplan además con los requisitos exigidos en la Sección 4.ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020, aprobadas por Orden de 15 de septiembre de 2016.
Tercero.- Ámbito territorial de las ayudas.
- En el caso de la borrasca tipo DANA, será en la zona comprendida entre La Zamora y El Banco en el término municipal de Fuencaliente.
- En el caso del incendio en la isla de La Palma, será la zona perteneciente a los municipios de Puntagorda, Tijarafe y Los Llanos de Aridane.
- En el caso del incendio de la isla de Tenerife, será la zona perteneciente a los municipios de Güímar, Arafo, Candelaria, El Rosario, Tacoronte, El Sauzal, La Matanza, La Victoria, Santa Úrsula, La Orotava y Los Realejos.
Cuarto.- Bases reguladoras.
Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020 (BOC n.º 186, de 23.9.2016).
Quinto.- Cuantía.
Se destinan créditos por un importe de doscientos setenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho euros con dieciséis céntimos (277.748,16 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 13.10.412A.7700200.P.I.15700025 “Reconstitución del Potencial de Producción Dañado FEADER 2014-2021M5”, distribuido en las siguientes anualidades:
- Para el año 2024: 111.099,26 euros.
- Para el año 2025: 166.648,90 euros.
Asimismo, estas subvenciones cuentan con la cofinanciación del 85% de la Unión Europea, que asciende a la cantidad de un millón quinientos setenta y tres mil novecientos seis euros con veinticuatro céntimos (1.573.906,24 euros), que no se incorpora a esta convocatoria, sino que se abonará directamente a los que resulten beneficiarios de las subvenciones que se convocan, a través del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos.
Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/), ajustadas al modelo normalizado que será accesible en la misma, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Canarias, a 6 de mayo de 2024.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA,
Alejandro Narvay Quintero Castañeda.
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