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BOC-A-2024-095-1620.
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Ha sido admitido el depósito de la modificación de Estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4.4.1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20.6.2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. José María Gómez Medina mediante escrito tramitado con el número de entrada 75/2024/000037.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió, con fecha 23 de abril de 2024, la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 2 de mayo de 2024 a través de escrito de entrada n.º 75/2024/000055.
La Asamblea General Ordinaria, celebrada el 10 de noviembre de 2023, adoptó el acuerdo de modificar el artículo 3 de los Estatutos de esta asociación acreditado en certificado expedido por la Secretaria de la Asociación Dña. Sandra Armas Juez el día 20 de marzo de 2024.
Esta modificación conllevó el cambio del domicilio social de la asociación a la calle San Francisco, n.º 5, 6.º, Edificio Santander, Oficina 2, código postal 38002 de Santa Cruz de Tenerife.
El acta del acuerdo de modificación de estatutos está suscrita por D. José María Gómez Medina en calidad de Presidente y Dña. Sandra Armas Juez como Secretaria.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y en el tablón de anuncios del propio programa Deose Canarias, con el fin de dar publicidad a la admisión del depósito de la modificación de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Clúster de Enoturismo de Canarias, con número de depósito en el Deose Canarias 75100005.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en esta Dirección General de Trabajo, en los términos previstos en el artículo 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Asimismo, también cualquier interesado podrá obtener un ejemplar del documento depositado a través del propio Deose en la opción “Copia de Estatutos”.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, siendo posible impugnarla dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida, ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11.10.2011).
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2024.- El Director General de Trabajo, José Ramón Rodríguez Albertus.
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