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BOC-A-2024-090-1541.
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Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4.4.1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20.6.2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Miguel Ángel Pérez González mediante escrito de fecha 17 de enero de 2024, tramitado con el n.º de entrada 75/2024/000006.
Los Estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Jorge Cabrera Calero, D. Ricardo Álvarez Concepción, D. Miguel Ángel Pérez González, D. Armando José del Socorro Leefmans López, Dña. Nieves Rosa Brito González, D. José Julio Cabrera Rodríguez, todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la Carretera Vueltas de Matos, n.º 78, 38710, término municipal de Breña Alta, su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en los artículos 4 y 5 de sus Estatutos.
Asimismo, se hace constar que con fecha 17 de abril de 2024, al observar deficiencias en la documentación aportada, se requirió la subsanación de las mismas a fin de continuar con la inscripción de la Asociación; la subsanación al citado requerimiento efectuado por este Servicio de Régimen Jurídico y Coordinación tuvo entrada en el Deose Canarias el 18 de abril de 2024 con n.º de entrada 75/2024/000048.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), y en el tablón de anuncios del propio programa Deose Canarias, con el fin de dar publicidad a la admisión del depósito de los Estatutos para la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación Canaria de Operadores del Tabaco, en siglas ACOTABACO, con n.º de depósito 75100064.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en esta Dirección General de Trabajo, en los términos previstos en el artículo 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Asimismo, también cualquier interesado podrá obtener un ejemplar del documento depositado, a través del Deose Canarias en la opción “Copia de Estatutos”.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, siendo posible impugnarla dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida, ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11.10.2011).
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de abril de 2024.- El Director General de Trabajo, José Ramón Rodríguez Albertus.
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