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BOC-A-2024-087-1491.
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En ejecución de la función atribuida en el artículo 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 155 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de marzo de 2024, ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:
“ÁREA DE GOBIERNO DE PLANIFICACIÓN, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, LIMPIEZA, VÍAS Y OBRAS Y ALUMBRADO.
SERVICIO DE URBANISMO
19. EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA FIRME DICTADA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CUESTIÓN DE ILEGALIDAD N.º 173/2020, QUE ESTIMA LA CUESTIÓN PLANTEADA RESPECTO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, APROBADO DEFINITIVAMENTE POR ACUERDO DE LA COTMAC DE 29 DE OCTUBRE DE 2012, DECLARANDO LA NULIDAD DE LAS DETERMINACIONES DE DICHO PGO EN RELACIÓN CON LA CATALOGACIÓN E INCLUSIÓN EN EL CATÁLOGO MUNICIPAL DE PROTECCIÓN ARQUITECTÓNICA DEL INMUEBLE SITUADO EN LAS CALLES BRAVO MURILLO, 10/COLMENARES, 13, DE ESTA CIUDAD (FICHA ARQ-385).
Se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES
1. Con fecha 3 de marzo de 2020 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de esta ciudad, que estimó el recurso formulado y declaró la nulidad de la Resolución n.º 39360/2018, de 17 de octubre, de la Directora General de Edificación y Actividades de este Ayuntamiento, denegatoria de la licencia urbanística de demolición integral del inmueble situado en la calle Bravo Murillo, 10 y en la que se planteó cuestión de ilegalidad de la inclusión de la referida vivienda en el Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica (Ficha ARQ-385) del PGO 2012.
2. En el procedimiento instado y registrado con n.º 0173/2020 para la Cuestión de Ilegalidad, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se dictó sentencia estimatoria, con fecha 1 de septiembre de 2022, del siguiente tenor literal:
“Que estimamos la cuestión de ilegalidad planteada por el Auto de en virtud de Auto (sic) de fecha 26 de diciembre de 2020, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria en el Procedimiento Ordinario 1/2019 y procede anular por no ser conforme a derecho la Ficha del Catálogo General Municipal de Protección ARQ-385 del Plan General de Ordenación de 2012.”
3. Por Oficio de la Sala de lo Contencioso-administrativo de 29 de noviembre de 2022 se remitió a este Ayuntamiento Decreto de 9 de noviembre de 2022 de la Sala de lo Contencioso-administrativo declarando la firmeza de la referida sentencia y su ejecución, ordenando la publicación de su Fallo.
Dicha publicación tuvo lugar el día 22 de febrero de 2023 en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (n.º 23).
4. Por Resolución n.º 4454/2023, de 2 de febrero de 2023, de la Directora General de Edificación y Actividades de este Ayuntamiento, se tomó conocimiento y se acordó la ejecución de la sentencia de 3 de marzo de 2020 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2, que resolvió la nulidad de la denegación de la licencia de demolición, debiendo procederse a la concesión de la referida licencia denegada en su día, previos los trámites oportunos.
5. Con fecha 3 de abril de 2023, se procedió a practicar las comunicaciones interdepartamentales, remitiendo la sentencia firme de 1 de septiembre de 2022, al Servicio de Edificación y Actividades y a la Sección de Control Urbanístico, respectivamente, de este Ayuntamiento, a los efectos de su conocimiento.
6. Se ha emitido informe jurídico por el Servicio de Urbanismo de fecha 2 de mayo de 2023, en relación con la ejecución de esta sentencia.
7. Con fecha 27 de abril de 2023, se solicitó a la empresa municipal GEURSA que se procediera a la corrección de los documentos del PGO en el sentido determinado por la sentencia referida, a fin de llevarla a puro y debido efecto.
8. Con fecha de 22 de enero de 2024, la GEURSA, en relación con la ejecución de la referida sentencia, remite a tal efecto un anexo con los documentos que se modifican, consistentes en:
• Ficha ARQ-385 del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica (en vigor y modificada).
• Índice del volumen 4 del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica (en vigor y modificado).
• Plano CP 17-S del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica (en vigor y modificado).
• Plano de Regulación del Suelo y la Edificación del PGO RS-17S (en vigor y modificado).
9. Debe procederse, por lo tanto, a la sustitución de los documentos vigentes por los modificados llevando a puro y debido efecto la sentencia correspondiente, consistiendo los cambios en lo siguiente:
• Ficha ARQ-385 del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica: estampillado de nulidad.
• Índice del volumen 4 del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica: estampillado de nulidad.
• Plano CP 17-S del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica: supresión de la trama de protección en el inmueble de referencia.
• Plano de Regulación del Suelo y la Edificación del PGO RS-17S: supresión del símbolo © en el inmueble de referencia.
DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, FUNDAMENTALMENTE:
I. Artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, respecto a la competencia del Pleno para la aprobación definitiva.
II. Artículos 71.2 y 103 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el cumplimiento y ejecución de sentencias.
Visto lo que antecede, así como el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo y Desarrollo Sostenible, en sesión ordinaria de 5 de marzo de 2024, el Pleno de la Corporación
ACUERDA:
Primero.- Dar cumplimiento a la sentencia firme de fecha 1 de septiembre de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el Procedimiento de Cuestión de Ilegalidad n.º 173/2020, que estima la cuestión planteada respecto del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria (PGO 2012), por la que se anulan las determinaciones proteccionistas del inmueble situado en las calles Bravo Murillo, 10 / Colmenares, 13, de esta ciudad, incluido en su Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica (Ficha ARQ-385).
Segundo.- Ejecutar la referida sentencia sustituyendo los documentos vigentes por los modificados:
• Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica del PGO 2012: Índice, Ficha ARQ-385 Casa de planta alta (calles Bravo Murillo, 10 / Colmenares, 13) y plano CP 17S.
• Plano de Regulación del Suelo y la Edificación RS-17S del PGO 2012.
Tercero.- Comunicar este acuerdo a la Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección 2.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, como órgano jurisdiccional al que compete la ejecución de la sentencia, acompañando copia diligenciada de la referida documentación.
Cuarto.- Comunicar, este acuerdo a la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias, como administración autonómica competente que aprobó definitivamente el PGO-2012.
Asimismo, se comunicará al Consejo Cartográfico de Canarias y al Registro de Planeamiento de Canarias, para la actualización de su información gráfica e, igualmente, al Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria.
Quinto.- Comunicar este acuerdo al Servicio de Edificación y Actividades y a su Sección de Control Urbanístico, de este Ayuntamiento.
Sexto.- Publicar este acuerdo, junto con el anexo de los documentos corregidos, en el Boletín Oficial de Canarias y en el de la Provincia de Las Palmas.
Séptimo.- Contra el presente acuerdo no cabe interponer recurso, por ser ejecución de sentencia firme, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de abril de 2024.- La Secretaria General del Pleno, Ana María Echeandía Mota.
ANEXO
• Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica del PGO 2012:
- Índice.
- Ficha ARQ-385 Casa de planta alta (calles Bravo Murillo, 10 / Colmenares, 13).
- Plano CP 17S.
Ver anexo en las páginas 13969-13974 del documento Descargar
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