Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 079. Lunes 22 de abril de 2024 - 1372

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Turismo y Empleo

1372 Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de abril de 2024, que acuerda la remisión a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del expediente de solicitud de acceso a la información pública formulada por la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional relativa al contenido de la consulta pública previa sobre la futura ley del uso turístico de viviendas, y emplaza a cuantos aparezcan como interesados.

1 página. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 157.06 Kb.
BOC-A-2024-079-1372. Firma electrónica - Descargar

El día 1 de abril de 2024 se recibe en esta Consejería oficio de la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por el que se requiere, en el procedimiento ordinario n.º 62/2024, la remisión del expediente administrativo que motivó el acto recurrido, la Resolución n.º 1062, de 15 de diciembre de 2023, del Director General de Ordenación, Formación y Promoción Turística, por la que se inadmite el acceso a la información pública solicitada por la demandante, y se proceda al emplazamiento de los interesados en la forma y plazo previsto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

De acuerdo con el artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, el secretario judicial requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el artículo 49. El expediente deberá ser remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. Asimismo, de conformidad con el artículo 49, la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Teniendo en cuenta lo dispuesto anteriormente,

RESUELVO:

Primero.- Ordenar la remisión del expediente de solicitud de acceso a la información pública formulada por la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional a la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso que se sigue en el procedimiento ordinario n.º 62/2024.

Segundo.- Hacer pública la presente Resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a fin de que, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, los interesados puedan comparecer en el mencionado órgano judicial en el plazo de nueve días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de abril de 2024.- El Director General de Ordenación, Formación y Promoción Turística, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.

© Gobierno de Canarias