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BOC Nº 060. Viernes 22 de marzo de 2024 - 1097

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V. Anuncios - Otros anuncios - Cabildo Insular de Fuerteventura

1097 Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura.- Anuncio de 12 de marzo de 2024, relativo a la solicitud de autorización para la ejecución de las obras definidas en el proyecto técnico denominado “Rehabilitación y mejora de la EDAR de La Lajita (isla de Fuerteventura)”, con vertido y reutilización de aguas depuradas/regeneradas en dicho ámbito, a instalar en el núcleo urbano de La Lajita, término municipal de Pájara.- Expte. n.º 2020/00014941F.

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BOC-A-2024-060-1097. Firma electrónica - Descargar

Por el Ilustre Ayuntamiento de Pájara, se ha solicitado la preceptiva autorización para la ejecución de las actuaciones recogidas en el proyecto “Rehabilitación y mejora de la EDAR de La Lajita. (Isla de Fuerteventura)”, consistentes básicamente en la ejecución de la rehabilitación completa de la EDAR de La Lajita, realizando demoliciones, retirada de equipos existentes y ejecutando las obras de construcción de un depósito de laminación, un reactor biológico, y un decantador, construcción de depósito de agua producto y un cuarto de bombeo, y relleno en formación de explanada y losa de apoyo de equipos, además del cerramiento perimetral de la parcela, así como la ejecución de las acometidas a los servicios urbanos, que tratará un caudal de 200m3/día, proyectada en el ámbito de La Lajita (UTM X=583.645, Y=3.117.932). El agua resultante se destinará a riego de zonas verdes. Expediente 2020/00014941F.

Este Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, de conformidad con lo previsto en los artículos 62, 89 y 90 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas; los artículos 160 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico de Canarias, aprobado por el Decreto 86/2002, de 2 de julio; el artículo 17 y siguientes del Reglamento de Control de Vertido para la Protección del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Decreto 174/1994, de 29 de julio; los artículos 76 y siguientes del documento normativo del Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Fuerteventura, aprobado definitivamente por el Decreto 185/2018, de 26 de diciembre; y el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hace público por medio del presente anuncio que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas puedan presentar sus reclamaciones en el plazo de un (1) mes, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura (manera presencial), sito en la calle Antonio Espinosa, 49, planta baja, 35600, en Puerto del Rosario, en horario de oficina (9:00 a 14:00 horas), pudiendo ser consultados los documentos técnicos que sirven de base al expediente en soporte digital en la dirección web de esta Administración hidráulica http://www.aguasfuerteventura.com (Tablón de anuncios).

Las observaciones y sugerencias que se formulen podrán presentarse a través del Registro del Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura y en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puerto del Rosario, a 12 de marzo de 2024.- El Vicepresidente, Adargoma Hernández Rodríguez.

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