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BOC Nº 054. Jueves 14 de marzo de 2024 - 990

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad

990 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 4 de marzo de 2024, del Director, por la que se aprueba la relación definitiva de demandantes admitidos y excluidos, por cupos, en el procedimiento de adjudicación de la promoción denominada “16 viviendas en Ingenio”, integrada por 16 viviendas protegidas de promoción pública y sus respectivos garajes y anexos vinculados, en el término municipal de Ingenio, Gran Canaria.

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BOC-A-2024-054-990. Firma electrónica - Descargar

1. Mediante Resolución de 9 de septiembre de 2022 y de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda, se acordó el inicio del procedimiento para la adjudicación de la promoción “16 viviendas en Ingenio”, localizada en el término municipal de Ingenio, isla de Gran Canaria, integrada por 16 viviendas protegidas de promoción pública, con sus correspondientes garajes y anexos vinculados.

Dicha Resolución fue, de acuerdo con el citado precepto, objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias n.º 188, de 22 de septiembre de 2022, así como, en el tablón de anuncios del Ilustre Ayuntamiento en cuyo término municipal radican las viviendas, por el periodo comprendido entre el 23 de septiembre al 23 de octubre de 2022, y en el periódico “La Provincia” del día 22 de septiembre de 2022.

2. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del referido Decreto 138/2007, de 24 de mayo, mediante Resolución de la Directora de este Organismo, adoptada el 28 de junio de 2023, se procedió a dar publicidad a la relación de demandantes que podían concurrir al procedimiento de adjudicación tanto por hallarse inscritos a 22 de septiembre de 2022 en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, como por haber tenido a la referida fecha presentada la correspondiente solicitud de inscripción y haber sido dictada con posterioridad resolución favorable.

Dicha relación se hallaba integrada por un total de 290 demandantes.

Mediante esta Resolución, y también de acuerdo con el referido artículo, se procedió a otorgar a los 290 demandantes admitidos el correspondiente plazo para aportar la documentación acreditativa de reunir los requisitos, tanto generales contemplados en el artículo 3 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, como, en su caso, los requisitos específicos previstos en el artículo 9 del citado Decreto, necesarios para resultar adjudicatario/a de una vivienda protegida de promoción pública.

El citado plazo abarcó del 5 de julio de 2023 al 4 de agosto de 2023.

Indicar que, con fecha 25 de julio de 2023, se presenta una reclamación al listado de demandantes admitidos, argumentando que no aparece como demandante admitida en dicho listado cuando ha presentado toda la documentación en plazo para su renovación de inscripción. Al comprobar que era cierta dicha alegación, se acepta la misma quedando como admitida y pasando de 290 a 291 demandantes admitidos.

3. De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del referido artículo 15, se ha procedido por parte del órgano de este Instituto encargado de la tramitación del procedimiento, al estudio y comprobación de la documentación, en su caso, presentada por los interesados, en orden a determinar el cumplimiento por parte de cada una de las unidades familiares que concurren al procedimiento, de los requisitos generales y específicos exigidos en la normativa de aplicación.

4. Con fecha 7 de febrero de 2024, y de acuerdo con lo exigido en el artículo 16 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, fue sometida a informe de la Comisión de Vivienda la relación provisional de demandantes admitidos y excluidos por cupos, la determinación de los cupos y la distribución del número de viviendas que integran la promoción por cada uno de los cupos establecidos.

5. En este orden de cosas, el 7 de febrero de 2024 fue dictada Resolución por el Director de este Organismo por la que se determinaron, en el procedimiento de adjudicación que se sigue, los cupos, se relacionaron los demandantes admitidos y excluidos por cupos de forma provisional y se distribuyeron el número de las viviendas que integran la promoción entre los referidos cupos.

6. Dicha Resolución fue objeto de publicación en el tablón de anuncios del Ilustre Ayuntamiento de Ingenio, durante el periodo comprendido entre el 12 al 26 de febrero de 2024, con el objeto de que, de acuerdo con el trámite previsto en el artículo 16 del referido Decreto 138/2007, de 24 de mayo, los interesados pudiesen, en el plazo de 10 días, formular alegaciones.

7. Con ocasión del trámite concedido al que se refiere el apartado anterior fueron formuladas 4 alegaciones por los titulares de los expedientes que a continuación se relacionan:

2016-000172; 2018-001163; 2021-001377; 2022-001717.

8. Todas las alegaciones presentadas han sido objeto de contestación expresa y de notificación a cada uno de los interesados.

9. Como consecuencia de una revisión a las edades de las personas admitidas que formaban parte de la relación provisional aprobada por Resolución de 7 de febrero de 2024, se ha detectado la comisión de dos errores que han sido subsanados de oficio y que se han notificado a las personas interesadas, generando los siguientes cambios:

- Demandante admitida con número de solicitud 2021-003099 pasa del cupo general a integrarse en el cupo de jóvenes.

- Demandante admitida con número de solicitud 2021-005090 pasa del cupo reducido a integrarse en el cupo de jóvenes.

10. Conforme a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, procede a continuación aprobar la relación definitiva de admitidos y excluidos, por cupos, en el presente procedimiento de adjudicación, en los términos previstos en el Anexo I de esta Resolución.

11. Con fecha 4 de marzo de 2024, ha sido elevada de acuerdo con el artículo 27.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, propuesta por el Jefe de Servicio de la Asesoría Técnica de Adjudicación en los mismos términos que los consignados en esta Resolución.

En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas en el artículo 10.1.C.b) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda,

RESUELVO:

1. Aprobar la relación definitiva de demandantes admitidos y excluidos, por cupos, en el procedimiento de adjudicación de la promoción “16 viviendas en Ingenio”, localizada en el término municipal de Ingenio, isla de Gran Canaria, integrada por 16 viviendas protegidas de promoción pública, con sus correspondientes garajes y anexos vinculados, en los términos del Anexo I de esta Resolución.

2. La determinación de los cupos, así como la distribución del número de viviendas que integran la promoción en cada uno de los cupos, son las establecidas en la Resolución de 7 de febrero de 2024.

3. Disponer la publicación de la correspondiente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4. Otorgar a los interesados, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 17 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias para que formulen, en su caso, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de este Instituto, en los términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Concluido el periodo establecido para formular impugnación y, en su caso, una vez resueltas y notificadas las mismas, se procederá en los términos establecidos en el artículo 18 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Presidente de este Organismo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de marzo de 2024.- El Director, Antonio Jesús Ortega Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 8572-8582 del documento Descargar

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