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BOC-A-2024-051-930.
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Advertido error material en la Orden n.º 6/2024, de 6 de febrero de 2024, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, “por la que se aprueba el Plan Estratégico Departamental (PED) de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2027”, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a subsanarlo mediante la correspondiente rectificación:
Primero.- En el título encabezado,
Donde dice: “Orden por la que se aprueba el Plan Estratégico Departamental (PED) de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2027”.
Debe decir: “Orden por la que se aprueba la propuesta del Plan Estratégico Departamental (PED) de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos para el periodo 2024-2027”.
Segundo.- En la consideración jurídica décima,
Donde dice: “El PED que se anexa a la presente Orden ha sido elaborado por el Comité Departamental de Planificación de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 16.2.b) del Decreto 88/2023, de 25 de mayo”.
Debe decir: “La propuesta de PED que se anexa a la presente Orden ha sido elaborada por el Comité Departamental de Planificación de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 16.2.b) del Decreto 88/2023, de 25 de mayo”.
Tercero.- En el resuelvo primero,
Donde dice: “Aprobar el Plan Estratégico Departamental (PED) de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos conformado por la Misión, Visión, Valores, Objetivos estratégicos y Objetivos específicos, y que se anexa a la presente Orden”.
Debe decir: “Aprobar la propuesta del Plan Estratégico Departamental (PED) de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos conformada por la Misión, Visión, Valores, Objetivos estratégicos y Objetivos específicos, y que se anexa a la presente Orden”.
Cuarto.- En el resuelvo segundo,
Donde dice: “El Plan Estratégico Departamental se establece para el periodo 2024-2027, dentro del marco temporal de vigencia del PEGobCan correspondiente”.
Debe decir: “La propuesta del Plan Estratégico Departamental se establece para el periodo 2024-2027, dentro del marco temporal de vigencia del PEGobCan correspondiente”.
Quinto.- En el resuelvo tercero,
Donde dice: “El citado Plan se corresponde con los objetivos que, en el ejercicio de las competencias atribuidas al departamento, deben alcanzarse para la consecución de los Objetivos del Gobierno”.
Debe decir: “La citada propuesta del Plan se corresponde con los objetivos que, en el ejercicio de las competencias atribuidas al departamento, deben alcanzarse para la consecución de los Objetivos del Gobierno”.
Sexto.- Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de febrero de 2024.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,
COMERCIO Y AUTÓNOMOS,
Manuel Domínguez González.
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