Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
4 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 174.52 Kb.
BOC-A-2024-010-180.
Firma electrónica
- Descargar
El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
De conformidad con la normativa citada y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la “Adenda de prórroga del Anexo III del Convenio entre la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote por el que se integra en el Servicio Canario de Salud (SCS) el Hospital Insular de Lanzarote (HIL) y los servicios sanitarios que en el mismo se prestan relativo a la encomienda de gestión del Cabildo de Lanzarote en el SCS para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al Hospital Insular de Lanzarote”, que figura como anexo de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de enero de 2024.- La Secretaria General, María Jesús López-Neira de la Torre.
ANEXO
ADENDA DE PRÓRROGA DEL ANEXO III DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE POR EL QUE SE INTEGRA EN EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD (SCS) EL HOSPITAL INSULAR DE LANZAROTE (HIL) Y LOS SERVICIOS SANITARIOS QUE EN EL MISMO SE PRESTAN, RELATIVO A LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL CABILDO DE LANZAROTE EN EL SCS PARA LA GESTIÓN TEMPORAL DE LA RESIDENCIA SOCIOSANITARIA ANEXA AL HIL.
En Arrecife, a 29 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma Sra. Dña. Esther María Monzón Monzón, como Consejera de Sanidad, nombrada por Decreto 43/2023, de 14 de julio, y Presidenta del Consejo de Dirección del SCS, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma y del Consejo de Dirección citado, en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente (BOC n.º 138, de 15.7.2023), en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como el artículo 56.1.a) de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, en relación con el artículo 51.2.b) de la misma Ley y el artículo 7 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud.
De otra parte, el Excmo. Sr. D. Oswaldo Betencort García, Presidente del Cabildo Insular de Lanzarote, actuando en nombre y representación de la Institución que preside en virtud de su toma de posesión efectuada en sesión plenaria celebrada el día 26 de junio de 2023, así como de lo dispuesto en el artículo 34.1.b) y artículo 124.4.ñ) en relación con la disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el ejercicio de las facultades atribuidas en el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y los artículos 53.l) y 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, así como del artículo 68.l) del Reglamento Orgánico del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, de 15 de junio de 2016, previa aprobación y autorización, respectivamente, del Pleno y del Consejo de Gobierno Insular, adoptadas en sesiones celebradas el 29 de diciembre de 2023.
Reconociéndose ambas partes competencia y capacidad legal suficiente, convienen suscribir la presente Adenda de prórroga del Convenio y a tal efecto
EXPONEN
I.- Que con fecha 27 de diciembre de 2018, fue suscrito el Convenio entre la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote por el que se integra en el SCS el HIL y los servicios sanitarios que en el mismo se prestan, siendo publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 44, de 5 de marzo de 2019 y corrección de errores en el Boletín Oficial de Canarias n.º 56, de 21 de marzo de 2019, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 32, de 15 de marzo de 2019 (en adelante, el Convenio).
II.- Dicho Convenio contiene, además, formando parte inescindible del mismo, tres anexos:
- Anexo I. Relación de Bienes Inmuebles.
- Anexo II. Relación cerrada a fecha 30 de septiembre de 2018, de personal fijo, en servicio activo o con reserva de puesto, personal temporal interino en puesto vacante, indefinido no fijo y sustituto, así como el personal residente en formación, adscritos a los centros integrados en el SCS.
- Anexo III. Convenio de Encomienda de Gestión del Cabildo de Lanzarote en el SCS para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al HIL
III.- Que la cláusula novena del Convenio establece su vigencia señalando que la misma se extiende desde el día 1 de enero de 2019 hasta que se produzca la completa integración en el SCS, a todos los efectos, del HIL y de los servicios sanitarios que en el mismo se prestan correspondientes a funciones de competencia del SCS, alcanzando un periodo máximo de cuatro años, previendo que dicha vigencia podrá ser prorrogada por un periodo de hasta cuatro años adicionales, si no se hubiera completado la integración, mediante acuerdo expreso de las partes y con carácter previo a su finalización.
IV.- Que la cláusula séptima del Convenio de encomienda de gestión del Cabildo de Lanzarote en el SCS para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al HIL, que figura como Anexo III al Convenio, establece su vigencia señalando que la misma se extiende desde el día 1 de enero de 2019 hasta un periodo máximo de cuatro años, previendo que dicha vigencia podrá ser prorrogada por un periodo de hasta cuatro años adicionales, prorrogándose de año en año, mediante acuerdo expreso de las partes y con carácter previo a su finalización.
V.- El 29 de diciembre de 2022, se suscribió “Adenda de prórroga del Convenio entre la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote por el que se integra en el Servicio Canario de la Salud el Hospital Insular de Lanzarote y los servicios sanitarios que en el mismo se prestan y de su Anexo III relativo al Convenio de encomienda de gestión del Cabildo de Lanzarote en el Servicio Canario de la Salud para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al Hospital Insular”.
Las partes acuerdan expresamente prorrogar el Convenio suscrito en fecha 27 de diciembre de 2018 entre la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote por el que se integra en el SCS el HIL y los servicios sanitarios que en el mismo se prestan desde el 1 de enero de 2023 hasta el 1 de enero de 2027, en su totalidad, con la particularidad referida al periodo de prórroga de su Anexo III.
Asimismo, acuerdan prorrogar el Anexo III del Convenio, referido a la encomienda de gestión del Cabildo de Lanzarote en el Servicio Canario de la Salud para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al Hospital Insular desde el 1 de enero de 2023 hasta el 1 de enero de 2024.
VI.- Dado que la residencia anexa ubicada en el HIL del que depende para su funcionamiento no ha dejado de prestar sus servicios por la imposibilidad de la puesta en funcionamiento del nuevo centro sociosanitario, con la imposibilidad, por el momento, de trasladar sus 47 plazas residenciales, actualmente en pleno funcionamiento y sin haberse completado la integración, prorrogado mediante Adenda de fecha 29 de diciembre de 2022, el Convenio de Encomienda de Gestión del Cabildo de Lanzarote en el Servicio Canario de la Salud para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al Hospital Insular por un año, este último, con una vigencia hasta el 1 de enero de 2024, ambas partes firmantes acuerdan de mutuo acuerdo la suscripción de la presente Adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Se acuerda la prórroga del Convenio de encomienda de gestión del Cabildo de Lanzarote en el Servicio Canario de la Salud para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al Hospital Insular por un periodo de un año, hasta el 1 de enero de 2025.
Segunda.- La prórroga de la encomienda de gestión, conforme a la cláusula séptima del Convenio de encomienda de gestión del Cabildo de Lanzarote en el Servicio Canario de la Salud para la gestión temporal de la residencia sociosanitaria anexa al Hospital Insular, es la segunda prórroga anual, necesaria hasta que la residencia anexa deje de prestar dicha función sociosanitaria por la puesta en funcionamiento del nuevo centro sociosanitario y consiguiente traslado a dicho centro de las cuarenta y siete plazas sociosanitarias de medio-alto requerimiento.
Tercera.- Las restantes condiciones y cláusulas del Convenio entre la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y el Cabildo Insular de Lanzarote por el que se integra en el SCS el HIL y los servicios sanitarios que en el mismo se prestan y de su Anexo III originales, permanecen inalteradas y seguirán siendo de plena aplicación.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente Adenda de prórroga en el lugar y fecha indicados.- La Consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias y Presidenta del Consejo de Dirección del SCS, Esther María Monzón Monzón.- El Presidente del Cabildo Insular, p.d.f. (Decreto n.º 2023-8475, de 26.12.2023), el Vicepresidente cuarto, Miguel Ángel Jiménez Cabrera.
© Gobierno de Canarias