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BOC-A-2024-006-92.
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Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 15 de diciembre de 2022, se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera, Especialidad de Electricidad y Automatismos (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 253, de 27.12.2022).
Mediante Resolución del mismo centro directivo de 17 de mayo de 2023 (BOC n.º 101, de 25.5.2023), se aprobó y se ordenó la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas, así como se determinaron los lugares, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de las pruebas de referencia. Y mediante Resolución de esta Dirección General de 30 de junio de 2023 (BOC n.º 132, de 7.7.2023), se aprobó y ordenó la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las mismas.
Tras celebrarse el 14 de julio de 2023 el primer ejercicio, ninguno de los aspirantes superó la prueba, por lo que, ante la ausencia de aspirantes, el Tribunal Calificador comunicó el 27 de diciembre de 2023 la imposibilidad material de continuar con el proceso selectivo de referencia.
En consecuencia, procede declarar la finalización del procedimiento administrativo relativo a la convocatoria de referencia, dada la imposibilidad material de continuarlo, debido a la ausencia de aspirantes que han superado las referidas pruebas selectivas.
Conforme a lo previsto en el artículo 84.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO:
Primero.- Declarar finalizado el procedimiento administrativo relativo a la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera, Especialidad de Electricidad y Automatismos (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 253, de 27.12.2022), por imposibilidad material de continuarlo.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, si la persona interesada tiene la condición de funcionario de carrera, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; y si tiene la condición de personal laboral fijo (por darse las circunstancias previstas en la disposición transitoria segunda del TRLEBEP), ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el citado artículo 8.2.a) de la Ley 29/1998, a sensu contrario, y en el artículo 10.1.a) de la misma Ley 29/1998. En ambos casos, deberá interponerse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponerse en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo (cfr. artículo 123.2), y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2023.- El Director General de la Función Pública, p.s. (Resolución n.º 260/2023, de 27.12.2023), el Viceconsejero de Administraciones y Transparencia, Antonio Llorens de la Cruz.
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