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BOC-A-2023-254-4413.
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BDNS (Identif.): 627188.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/627188).
I.- Mediante el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre (BOE n.º 305, de 22.12.2021), se aprobó la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobando además las bases reguladoras de tales ayudas. En su artículo 4, apartado uno, se prevé que el Real Decreto estará en vigor desde el día siguiente al de su publicación, hasta la conclusión de vigencia, que se producirá el 31 de diciembre de 2023, disponiendo en el apartado segundo, que transcurrido el plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes.
II.- Por Orden de 16 de mayo de 2022, de la extinta Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 101, de 24 de mayo de 2022, se convocaron las ayudas para actuaciones en concurrencia no competitiva, para el periodo 2022-2023, derivadas del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En el apartado noveno de su anexo, se prevé que su plazo de vigencia del programa finalizará el 31 de diciembre de 2023, y en el apartado décimo primero, que el plazo de presentación de solicitudes finalizará con la conclusión de la vigencia del programa, lo cual sucederá el 31 de diciembre de 2023, disponiendo que a la finalización del expresado plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes, resolviéndose expresamente la inadmisión.
III.- Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en su artículo segundo ha venido a modificar el apartado 1, del artículo 4, del Real Decreto 1124/2021, prorrogando el plazo de conclusión de su vigencia, hasta el 31 de julio de 2024.
Teniendo en cuenta los anteriores antecedentes, siendo necesario adaptar el plazo de vigencia y de presentación de solicitudes en la convocatoria de las ayudas, al nuevo plazo previsto en las bases reguladoras,
RESUELVO:
Primero.- Modificar en el apartado noveno y décimo primero de su anexo, la Orden de 16 de mayo de 2022, de la extinta Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 101, de 24 de mayo de 2022, por la que se convocaron las ayudas para actuaciones en concurrencia no competitiva, para el periodo 2022-2023, derivadas del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que quedarán redactados en los siguientes términos:
“Noveno.- Vigencia de los programas.
Según el artículo 4 del Real Decreto 1124/2021, las ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estarán vigentes desde el día siguiente de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Estado, esto es, el 23 de diciembre de 2021, hasta el 31 de julio de 2024.”
“Décimo primero.- Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del día 1 de junio de 2022 y finalizará con la conclusión de la vigencia del programa, lo cual sucederá el día 31 de julio de 2024.
2. A la finalización del expresado plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes, resolviéndose expresamente la inadmisión.”
Segundo.- Publicar la presente Orden en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transición Ecológica y Energía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2023.
EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y ENERGÍA,
Mariano Hernández Zapata.
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