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BOC Nº 253. Jueves 28 de diciembre de 2023 - 4359

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

4359 DECRETO 450/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Agencia Tributaria Canaria para el año 2023.

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BOC-A-2023-253-4359. Firma electrónica - Descargar

El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, delimita la Oferta de Empleo Público como el instrumento adecuado para definir las necesidades y de racionalización de recursos humanos con asignación presupuestaria en las Administraciones Públicas, debiendo proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso a través de procesos selectivos que, en ejecución de la oferta aprobada, se convoquen, en los que deben primar los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución española.

En términos similares, tómese en consideración el artículo 70 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

El artículo 27-bis de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria, determina que le corresponde a esta la elaboración de la propuesta de oferta de empleo público tanto de adscripción exclusiva como de adscripción no exclusiva, que deban proveerse con personal de nuevo ingreso, tanto de promoción interna como de turno libre, y será aprobada por el Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de función pública.

El artículo 20.Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, dispone que la incorporación de personal de nuevo ingreso estará sometida a los límites establecidos en la misma. Dado que la Agencia Tributaria Canaria es el ente encargado de, entre otras encomiendas, el control y lucha contra el fraude fiscal, le corresponde aplicar una tasa de reposición del 120 por ciento de las bajas producidas.

La tasa de reposición de la Agencia Tributaria Canaria calculada de conformidad con las reglas establecidas en el artículo 20.Tres de la precitada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 es de 21 efectivos.

Este Decreto constituye el presupuesto necesario para poder convocar los sucesivos procesos selectivos del personal funcionario de las escalas tributarias reguladas en la precitada Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria.

Con ello se persigue, en definitiva, paliar la escasez de medios humanos en la Agencia Tributaria Canaria, deficiencia que ha arrastrado desde su creación tal y como se recoge en el apartado 2.3 del Plan de Acción Anual de la Agencia Tributaria Canaria para el ejercicio 2023 y que se contempla como “2. Proyecto: aumento del número de efectivos reales” dentro del Objetivo Estratégico 1: mejorar la gestión de los recursos humanos y materiales de la Agencia Tributaria Canaria.

En este sentido, debe tenerse en cuenta que el Parlamento canario exige, año tras año, la efectiva implantación de la Agencia Tributaria. Así, por ejemplo, en el Debate General sobre el Estado de la Nacionalidad Canaria celebrado los días 23, 24 y 25 de marzo de 2021, se aprobó entre otras, la Resolución número 28 por la que se insta al Gobierno de Canarias a “Dotar de personal adecuado y suficiente a la Agencia Tributaria Canaria, tanto para el cumplimiento de los objetivos en materia recaudatoria como para la lucha contra el fraude fiscal”.

La disposición adicional séptima de la Ley 7/2014, de 30 de julio, ya reseñada, creó, como escalas de adscripción exclusiva a la Agencia Tributaria Canaria, las Escalas Tributarias del Cuerpo Superior de Administradores, del Cuerpo de Gestión de la Administración y la Escala de Agentes Tributarios del Cuerpo Administrativo. Por su parte, y en coherencia con lo anterior, el artículo 30 del mismo texto legal atribuyó a la Agencia Tributaria Canaria la competencia para la convocatoria y resolución de los procesos de selección para el acceso a las escalas tributarias. De esta forma, la Agencia Tributaria Canaria ha ido ejecutando los sucesivos procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público que contenían plazas de adscripción exclusiva a la misma. Sin embargo y fruto de dichos procesos, las ofertas no siempre se han visto culminadas en su inicial extensión numérica, de forma que en determinados cuerpos y escalas han quedado desiertas plazas de ofertas anuales anteriores.

Ello supone, en muchas ocasiones, un serio obstáculo para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas el ente público al no poder contar con los efectivos humanos necesarios.

Así, analizada la ejecución de procesos selectivos finalizados o en vía de culminación y teniendo en cuenta las plazas actualmente vacantes, la Agencia Tributaria Canaria oferta, para el año 2023, esta Oferta de Empleo Público.

En la presente Oferta de Empleo Público se ofertan 7 plazas de promoción interna que de conformidad con el artículo el artículo 20.Tres, apartado 4, de la ya citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 no computan para el cálculo de la tasa de reposición y suponen la reserva de un mínimo del 25% de las plazas ofertadas para la promoción interna en los términos del artículo 29.1 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de Función Pública Canaria.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 del Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, del total de la oferta, con carácter general, se reserva un 7 por ciento de las plazas para personas con discapacidad, lo que suponen un total de 3 plazas sobre el global ofertado.

En su virtud, vista la propuesta de la Agencia Tributaria Canaria de conformidad con el artículo 27-bis de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.2.e) de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y 52.1 de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, previa negociación colectiva en el ámbito de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 27 de diciembre de 2023,

RESUELVO:

Único.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público de la Agencia Tributaria Canaria para el año 2023.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Agencia Tributaria Canaria para el año 2023, en los siguientes términos:

1. La presente Oferta de Empleo Público comprende un total de 28 plazas, de las que 21 corresponden al sistema general de ingreso libre y 7 plazas corresponden al acceso mediante promoción interna.

2. Las plazas correspondientes al sistema general de acceso libre son las contenidas en el Anexo I del presente Decreto.

Las plazas correspondientes al acceso mediante promoción interna son las contenidas en el Anexo II.

3. Del total de plazas ofertadas, que asciende a 28, se reservan un total de 3 plazas para personas con discapacidad distribuidas en los Cuerpos y Escalas según se señala en los Anexos I y II.

4. Siempre que razones de eficacia y eficiencia así lo aconsejen, el órgano competente para la convocatoria de los procesos selectivos dimanantes de la presente Oferta de Empleo Público podrá acumular en una misma convocatoria, todo o parte de las plazas que hayan sido incluidas en ofertas de empleo público vigentes en el momento de la convocatoria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 27 de diciembre de 2023.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.

ANEXO I

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2023

TURNO LIBRE

Ver anexo en la página 63785 del documento Descargar

ANEXO II

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2023

PROMOCIÓN INTERNA

Ver anexo en la página 63786 del documento Descargar

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