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BOC Nº 242. Martes 12 de diciembre de 2023 - 4127

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Turismo y Empleo

4127 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Directora, por la que se modifica la Resolución de 8 de agosto de 2023, que establece los plazos de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2022, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario y en el mercado de trabajo protegido en el ejercicio 2023.

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BOC-A-2023-242-4127. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 8 de agosto de 2023, de la Directora, se establecen los plazos de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2022, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario y en el mercado de trabajo protegido en el ejercicio 2023 (BOC n.º 161, de 16.8.2023).

Segundo.- Acontecida la situación de que las entidades pueden realizar modificaciones en relación con la situación de los trabajadores/as ante la Tesorería de la Seguridad Social hasta la fecha en que se procede al pago de cotizaciones, dicha circunstancia demora la fecha en que procede realizar por el Servicio Canario de Empleo las consultas ante el citado Organismo.

Conforme a esta circunstancia, procede modificar los plazos de presentación de las solicitudes de las subvenciones públicas, en concreto, las correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023, en relación con la medida “B.1 Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que trabajan en CEE” para el ejercicio 2023.

Conforme a lo expuesto son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo previsto en la base reguladora sexta, punto 2, así como en la disposición adicional única de la Orden de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas por parte del Servicio Canario de Empleo, destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido.

Segunda.- De conformidad con la prevención contemplada en el punto segundo de la base reguladora sexta, corresponde que, en cada ejercicio presupuestario, la Dirección del SCE dicte Resolución por la que se establezcan los plazos de presentación de solicitudes de subvención, para las medidas A.1, A.2, A.3, B.1 y B.2, todas ellas sometidas al régimen de concesión directa.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

RESUELVO:

Primero.- Modificar la Resolución de 8 de agosto de 2023, de la Directora, por la que se establecen los plazos de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2022, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario y en el mercado de trabajo protegido en el ejercicio 2023, en concreto, el plazo de presentación de solicitudes de subvención directa correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2023, para la medida B.1, Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que trabajan en CEE, en los siguientes términos:

Ver anexo en la página 61318 del documento Descargar

Las solicitudes, de acuerdo con la Orden, deberán presentarse a través del procedimiento electrónico siguiente:

Ver anexo en la página 61318 del documento Descargar

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por la persona interesada recurso de alzada ante la Consejería de Turismo y Empleo, en el plazo de un mes, que se computará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación y concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento, conforme a lo dispuesto en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de diciembre de 2023.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

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