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BOC Nº 207. Viernes 20 de octubre de 2023 - 3401

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura

3401 DECRETO 386/2023, de 9 de octubre, por el que se acuerda la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Programa de Doctorado en Nanociencia y Nanotecnología por la Universidad de Alicante, la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de La Laguna y la Universitat de València (Estudi General).

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BOC-A-2023-207-3401. Firma electrónica - Descargar

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

El artículo 26.3 del citado Real Decreto estipula que las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias sobre la programación universitaria y la ordenación del mapa de titulaciones oficiales de su ámbito territorial, realizarán un informe preceptivo sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial previo al inicio del procedimiento de verificación.

Las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster Universitario y Doctorado. La superación de tales enseñanzas dará derecho a la obtención de los títulos oficiales correspondientes.

Los estudios de Doctorado tienen como finalidad la adquisición de las competencias y las habilidades concernientes a la investigación dentro de un ámbito del conocimiento científico, técnico, humanístico, artístico o cultural.

El artículo 8.2 de la citada Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la autorización de la implantación de este por la indicada Comunidad Autónoma.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordadas por Decreto del Gobierno de Canarias.

Con fecha 5 de noviembre de 2020, la Rectora de la Universidad de La Laguna suscribe un convenio de colaboración entre la Universitat de València, la Universidad de Alicante, la Universidad de La Laguna y la Universidad de Castilla-La Mancha para la organización y desarrollo de las enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención del título oficial de Doctor o Doctora en Nanociencia y Nanotecnología.

Con fecha 19 de octubre de 2021, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha acuerda autorizar la implantación y puesta en funcionamiento, en el curso 2022/2023, del plan de estudios conducente a la obtención del título de Programa Interuniversitario de Doctorado en Nanociencia y Nanotecnología por la Universidad de Castilla-La Mancha.

Con fecha 8 de noviembre de 2021, el Consejo de Gobierno de la Universidad de
La Laguna, aprueba la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial del Programa de Doctorado en Nanociencia y Nanotecnología por la Universidad de Alicante, la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de La Laguna y la Universitat de València (Estudi General).

Mediante Decreto 184/2021, de 12 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, se autoriza la implantación en el curso 2021/2022, de las mencionadas enseñanzas universitarias oficiales por la Universitat de València (Estudi General).

Con fecha 16 de diciembre de 2021, el Consejo Social de la Universidad de La Laguna acuerda informar favorablemente la implantación de las citadas enseñanzas universitarias oficiales.

Mediante Decreto 115/2022, de 15 de agosto, del Consell de la Generalitat Valenciana, se autoriza la implantación en el curso 2022-2023, de las mencionadas enseñanzas universitarias oficiales por Universitat de València (Estudi General) y por la Universitat de Alicante.

Con fecha 10 de octubre de 2022, el Vicerrector de Innovación Docente, Calidad y Campus Anchieta de la Universidad de La Laguna solicita a la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias la implantación de las citadas enseñanzas oficiales.

La Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE), con fecha 10 de noviembre de 2022, emite informe a solicitud de la Dirección General de Universidades sobre aspectos relacionados con la necesidad y viabilidad académica y social de las antedichas enseñanzas.

Con fecha 22 de febrero de 2023, el Consejo Universitario de Canarias informa favorablemente, por mayoría de los votos emitidos, la propuesta de implantación de estas enseñanzas oficiales universitarias.

Con fecha 13 de junio de 2023, la ACCUEE informa que el mencionado título universitario cumple con los requisitos y criterios establecidos en el Decreto 168/2008, de 22 de julio, que regula el procedimiento, requisitos y criterios de evaluación para la autorización de la implantación de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Mediante Resolución n.º 81/2023, de 30 de junio, del Director General de Universidades, se resuelve informar favorablemente sobre la necesidad y viabilidad académica y social de las citadas enseñanzas oficiales.

La implantación de estas enseñanzas no supone coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, previo informe del Consejo Universitario de Canarias, y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 9 octubre de 2023,

DISPONGO:

Primero.- Acordar la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Programa de Doctorado en Nanociencia y Nanotecnología por la Universitat de Alicante, la Universidad de Castilla-La Mancha, la Universidad de La Laguna y la Universitat de València (Estudi General).

Segundo.- La implantación de estas enseñanzas queda condicionada en su efectividad a la verificación del plan de estudios previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Tercero.- El alumnado que haya comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrá acceder a estas nuevas enseñanzas que se implantan, previa admisión de la Universidad, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y en la normativa de la propia Universidad.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 9 de octubre de 2023.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.

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