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BOC Nº 168. Viernes 25 de agosto de 2023 - 2932

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2932 EXTRACTO de la Orden de 11 de agosto de 2023, por la que se convocan para la campaña 2023 las ayudas de la Acción III.4 “Ayuda a la producción láctea de vacuno de origen local”, Subacciones III.4.1 “Ayuda a la industria láctea”, y III.4.2 “Ayuda al productor de leche de vaca”, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

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BOC-A-2023-168-2932. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 712768.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/712768).

Primero.- Objeto.

Convocar para la campaña 2023 las ayudas previstas en la Acción III.4 Ayuda al consumo humano de productos de leche de vaca de origen local, Subacciones III.4.1 Ayuda a la industria láctea, y III.4.2 Ayuda al productor de leche de vaca, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Segundo.- Beneficiarios.

Las industrias lácteas que adquieran leche de vaca de origen local para la elaboración de productos lácteos y productores que vendan su leche a las industrias lácteas.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 28 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que lo componen (BOC n.º 233, de 4.12.2017), modificada por la Orden de 29 de septiembre de 2022 (BOC n.º 203, de 13.10.2022).

Cuarto.- Cuantía.

Los importes de las ayudas son los siguientes:

- Subacción III.4.1 Ayuda a la industria láctea: 110 euros por tonelada de leche entera de vaca de origen local destinada a la elaboración de los productos citados.

- Subacción III.4.2 Ayuda al productor de leche de vaca: 123 euros por tonelada de leche entera de vaca de origen local entregada a la industria láctea para la elaboración de los productos citados, cuantía que se elevará a 133 euros para los productores cuyas explotaciones se encuentren en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, La Palma o El Hierro.

Asimismo, se abonará un complemento de ayuda de un 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda correspondiente para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta convocatoria.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

a) Para cantidades de leche adquiridas a los ganaderos y/o producidas por estos, y utilizadas en la elaboración de productos objeto de ayuda entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2023: se presentarán en el plazo de un mes contado desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

b) Para cantidades de leche adquiridas a los ganaderos y/o producidas por estos, y utilizadas en la elaboración de productos objeto de ayuda entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023: del 1 al 31 de enero de 2024.

Canarias, a 11 de agosto de 2023.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA,
Alejandro Narvay Quintero Castañeda.

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