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BOC Nº 142. Miércoles 19 de julio de 2023 - 2505

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

2505 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Humanos.- Resolución de 29 de junio de 2023, por la que se aprueba la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Odontoestomatólogo/a, en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

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BOC-A-2023-142-2505. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

I.- Mediante Resolución de 15 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, se autoriza la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de la categoría de Odontoestomatólogo/a de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial de las Áreas de Salud de este Organismo y en el funcional y orgánico de las Gerencias de Atención Primaria y de Servicios Sanitarios del mismo, y se aprueban las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias (BOC n.º 234, de 26.11.2010, c.e. BOC n.º 37, de 21.2.2011).

II.- Mediante Resolución de las Gerencias de Atención Primaria de las Áreas de Salud de Gran Canaria y Tenerife, así como las Gerencias de Servicios Sanitarios de las Áreas de Salud de Lanzarote y Fuerteventura, de 22 de diciembre de 2010, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes, entre otras, de Odontoestomatólogo/a adscritas a dichos órganos, a celebrar en el ámbito de cada Gerencia, previendo en la base decimoséptima la constitución de una lista de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de cada una de las categorías objeto de citada convocatoria (BOC n.º 5, de 10.1.2011).

III.- Con fecha 24 de julio de 2012, los Tribunales Calificadores de los procesos selectivos de las Gerencias citadas dictaron resoluciones aprobando la relación de los aspirantes que han de figurar en la lista de empleo con inclusión de aquellos que son susceptibles de acceder a la condición de personal estatutario fijo, como resultado del proceso selectivo, con indicación de la puntuación obtenida en la fase de oposición y requerimiento para la presentación de méritos.

IV.- Mediante Resolución de 25 de noviembre de 2029 (BOC n.º 241, de 13.12.2019), de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, se nombró personal estatutario fijo, en la categoría de Odontoestomatólogo/a, a los aspirantes aprobados en los procesos selectivos de las Gerencias aludidas.

V.- Por Resolución de la Presidenta del Tribunal Central designado para resolver la fase de concurso de los procesos selectivos para la provisión de plazas de la categoría de Odontoestomatólogo/a se publicó, con fecha 20 de mayo de 2023, la relación provisional de aspirantes a integrar la lista de empleo, con indicación de la puntuación obtenida y la Gerencia a la que inicialmente están vinculados orgánicamente, dando a los aspirantes un plazo de diez días hábiles para interponer reclamaciones contra la misma ante el órgano convocante del proceso selectivo a partir del cual se forme la lista de empleo.

VI.- Mediante Resolución de la Presidenta del Tribunal Central, publicada el 2 de junio de 2023, se corrigieron los errores detectados en el anexo a la Resolución que se cita en el apartado anterior.

VII.- Con fecha 28 de junio de 2023, se publicó la Resolución de la Presidenta del Tribunal Central aludido, por la que se aprueba la relación definitiva de los aspirantes a integrar la lista de empleo de la categoría de Odontoestomatólogo/a con indicación de la puntuación parcial otorgada en cada apartado, la puntuación total obtenida y la Gerencia a la que inicialmente están vinculados orgánicamente los aspirantes, elevando la propuesta para su aprobación a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Resolución de 15 de noviembre de 2010, por la que se autoriza la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de la categoría de Odontoestomatólogo/a, prevé en su base decimoctava la constitución de listas de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de las categorías objeto de la convocatoria (BOC n.º 234, de 26.11.2010; c.e. BOC n.º 37, de 21.2.2011 y BOC n.º 59, de 22.3.2011).

Se transcribe el literal de la base:

“Decimoctava.- Constitución de listas de empleo.

1. De conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda del Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para el año 2007, se constituirá una lista de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de cada una de las categorías objeto de la convocatoria, en los supuestos previstos en el artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. En dicha lista se integrarán los aspirantes que así lo hagan constar en la solicitud a que se hace referencia en la base octava y no hubieran superado todo el proceso selectivo con puntuación suficiente para obtener plaza de personal estatutario fijo en las diferentes categorías objeto de la presente convocatoria.

3. La composición y orden de prelación de los aspirantes que constituyan la lista de empleo, se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de administración general y docente no universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de Salud (BOC n.º 136, de 13.7.2010). La gestión y funcionamiento de la lista de empleo se ajustará a la disposición que se dicte por el titular de la Consejería competente en materia de sanidad para el desarrollo de lo previsto en el citado Decreto, en aplicación de lo establecido en la disposición final primera del mismo.

4. La lista se aprobará por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud tras la finalización del proceso selectivo, a propuesta del Tribunal Calificador o Central, dentro del plazo máximo de 6 meses, a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento de los aspirantes seleccionados en virtud de las presentes pruebas selectivas. Con su entrada en vigor quedará sin efecto la que estuviera en vigor en dicho momento para la correspondiente categoría.”

Segundo.- Finalizado el proceso selectivo de referencia en cuya virtud se produjeron los nombramientos correspondientes como personal estatutario fijo en la categoría de Odontoestomatólogo/a, a los aspirantes aprobados que figuran en la citada Resolución -según se indica en el antecedente IV- procede, a propuesta del Tribunal Central, aprobar la lista de empleo correspondiente.

Tercero.- En el sentido del párrafo anterior se ha valorado la propuesta del Tribunal Central -referida en el antecedente VII-, de conformidad con lo dispuesto en la base trascrita y, en su caso, con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Sanidad de 3 de junio de 2011 (BOC n.º 121, de 21.6.2011), por la que se desarrolla el Decreto 74/2010, de 1 de julio, y se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivados de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (en adelante Orden de 3 de junio de 2011).

Cuarto.- En relación a la aprobación de la lista de empleo de la categoría de Odontoestomatólogo/a, inicio de su vigencia y gestión de la misma, el artículo 5 de la Orden de 3 junio de 2011 dispone:

“Artículo 5.- Aprobación y publicación de la lista de empleo:

1. Las listas de empleo se aprobarán por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, a propuesta del Tribunal Central, en las convocatorias descentralizadas, o el Tribunal Coordinador, en las centralizadas, una vez haya finalizado el plazo de toma de posesión de las plazas adjudicadas a los aspirantes que sean nombrados personal estatutario fijo como resultado del proceso selectivo del cual se haya formado aquella.

2. Las listas de empleo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias, entrando en vigor el día siguiente al de dicha publicación. La publicación contendrá la relación de aspirantes que conforman la lista de empleo, con indicación del nombre, apellidos, número del documento acreditativo de identidad, puntuación parcial otorgada en cada apartado, puntuación total obtenida, Gerencia/Dirección Gerencia a la que inicialmente está vinculado orgánicamente cada aspirante y orden de prelación que corresponda.

Con su entrada en vigor quedarán sin efecto las que estuvieran en vigor en dicho momento para la correspondiente Categoría y, en su caso, Especialidad, en cada uno de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud a que extiende su ámbito de aplicación la lista de empleo de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 de la presente Orden.

3. Tomando en consideración la lista de empleo, cada Gerencia/Dirección Gerencia publicará y mantendrá actualizado en su sitio web el listado de aspirantes vinculados orgánicamente al ámbito de la misma, ordenados conforme al orden de prelación que corresponda en aquella, con indicación de los que se encuentran en situación de “no disponible” por alguna de las causas señaladas en la presente Orden y los que hayan sido excluidos de la misma con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 12.”

Quinto.- En relación al ámbito que ha de abarcar la lista de empleo de la categoría de Odontoestomatólogo/a, una vez publicada en el Boletín, según se dispone en el artículo 5 transcrito, en el epígrafe anterior, se debe acudir al artículo 1.2 de la Orden de 3 de junio de 2011.

“El ámbito de dichas listas de empleo abarcará al conjunto de Áreas de Salud y órganos de prestación de servicios sanitarios integrados en el Servicio Canario de la Salud a la fecha de entrada en vigor de la norma que haya aprobado la correspondiente oferta de empleo público, con independencia del ámbito territorial y orgánico a que estén adscritas las plazas objeto de la convocatoria.”

De conformidad con las competencias que tiene esta Dirección General en el proceso de constitución de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, según se ha expuesto en los fundamentos de derecho transcritos y a la vista de la propuesta formulada por el Tribunal Central,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la lista de empleo de la categoría de Odontoestomatólogo/a para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, conforme se detalla en el Anexo I, con indicación del nombre, apellidos, número de documento acreditativo de identidad, puntuación parcial otorgada en cada apartado, puntuación total obtenida, Gerencia a la que inicialmente está vinculado orgánicamente cada aspirante y orden de prelación que corresponda.

Segundo.- Dejar sin efecto las listas de empleo que estuvieran en vigor para la categoría profesional de la categoría de Odontoestomatólogo/a en el conjunto de Áreas de Salud y órganos de prestación de servicios sanitarios integrados en el Servicio Canario de la Salud, en el momento en el que entró en vigor el Decreto 150/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para el año 2007 (BOC n.º 114, de 8.6.2007).

Quedan excluidos del ámbito de esta Resolución aquellos órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud que no estuvieran integrados en el mismo a 9 de junio de 2007.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado competente de dicho orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de junio de 2023.- La Directora General de Recursos Humanos, Avelina Díaz Padrón.

ANEXO I

RELACIÓN DEFINITIVA DE LOS ASPIRANTES A INTEGRAR LA LISTA DE EMPLEO

Ver anexo en las páginas 42604-42606 del documento Descargar

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