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BOC-A-2023-130-2173.
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Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Gerencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (BOC de 16.12.2022), se convocaba proceso selectivo para el ingreso como funcionario o funcionaria de carrera (Grupo A, Subgrupo A1), Escala de Letrado/a, por el sistema general de acceso libre, en el marco de la estabilización de empleo temporal.
De conformidad con la propuesta de fecha 19 de junio de 2023, que eleva a esta Gerencia el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas correspondientes al proceso selectivo citado, y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2 de la convocatoria, procede la ejecución de lo establecido en la base 8.4 de la misma en relación a los nombramientos.
Esta Gerencia, en uso de las atribuciones que, en materia de dirección gestión y organización del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, tiene delegadas por Resolución del Rector de 5 de abril de 2021 (BOC n.º 80, de 20 de abril),
RESUELVE:
Primero.- Nombrar a Dña. Lidia Esther Sánchez Santana, DNI ***1691**, funcionaria de carrera de la Escala de Letrado/a de esta Universidad (Grupo A, Subgrupo A1), según propuesta elevada por el Tribunal Calificador nombrado al efecto.
Segundo.- Publicada la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias se hará pública la relación de puestos de trabajo ofertados. La adjudicación de los puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las peticiones realizadas por la interesada de entre los puestos que se le ofertan.
Tercero.- La toma de posesión se efectuará ante la Gerencia de la Universidad en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del presente nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente en el plazo de dos meses igualmente a partir de su publicación. Si se optara por el recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del primero, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 2023.- El Gerente, Roberto Moreno Díaz.
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