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BOC-A-2023-113-1914.
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El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
El artículo 26.3 del citado Real Decreto estipula que las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias sobre la programación universitaria y la ordenación del mapa de titulaciones oficiales de su ámbito territorial, realizarán un informe preceptivo sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial previo al inicio del procedimiento de verificación.
Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado.
Las enseñanzas oficiales de Máster Universitario tienen como objetivo la formación avanzada, de carácter especializado temáticamente o multidisciplinar en los saberes científico, tecnológico, humanístico y artístico, dirigida a la especialización académica y a la profesional, o en su caso, encaminada al aprendizaje en las actividades investigadoras.
El artículo 8.2 de la citada Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la autorización de la implantación de este por la indicada Comunidad Autónoma.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias.
Con fecha 1 de octubre de 2020, la Junta de Gobierno de la Universidad del Atlántico Medio solicita a la Dirección General de Universidades la autorización para la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster Universitario en Seguridad en el Trabajo y Sistemas de Gestión Normalizados y de Máster Universitario en Sistemas Integrados de Gestión “Quality, Health, Safety & Environment” (Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente) -en adelante, QHSE- por la Universidad del Atlántico Medio.
Con fecha 10 de diciembre de 2020, el Patronato de la Universidad del Atlántico Medio acuerda por unanimidad, a propuesta de la Junta de Gobierno, la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los citados títulos oficiales.
Con fechas 28 de febrero y 3 de marzo de 2022, la Universidad del Atlántico Medio solicita al Gobierno de Canarias la autorización para la implantación de los mencionados títulos oficiales universitarios.
La Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE), con fechas 29 de julio, 2 y 9 de diciembre de 2022, emite informes a solicitud de la Dirección General de Universidades sobre aspectos relacionados con la necesidad y viabilidad académica y social de las antedichas enseñanzas.
Con fecha 22 de febrero de 2023, el Consejo Universitario de Canarias informa favorablemente, por mayoría de los votos emitidos, la propuesta de implantación de estas enseñanzas universitarias.
Con fecha 24 de mayo de 2023, la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE) informa que los mencionados títulos universitarios cumplen con los requisitos y criterios establecidos en el Decreto 168/2008, de 22 de julio, que regula el procedimiento, requisitos y criterios de evaluación para la autorización de la implantación de las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Mediante Resoluciones del Director General de Universidades n.º 45 y 46/2023, de 25 de mayo, se resuelve informar favorablemente sobre la necesidad y viabilidad académica y social de las citadas enseñanzas oficiales.
La implantación de estas enseñanzas no supone coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En su virtud, previo informe del Consejo Universitario de Canarias, y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 1 de junio de 2023,
DISPONGO:
Primero.- Acordar la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Máster Universitario en Seguridad en el Trabajo y Sistemas de Gestión Normalizados y de Máster Universitario en Sistemas Integrados de Gestión QHSE por la Universidad del Atlántico Medio.
Segundo.- La implantación de estas enseñanzas queda condicionada en su efectividad a la verificación del plan de estudios previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Tercero.- El alumnado que haya comenzado estudios conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrá acceder a estas nuevas enseñanzas que se implantan, previa admisión de la Universidad, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y en la normativa de la propia Universidad.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significandose que, en el caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 1 de junio de 2023.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Ángel Víctor Torres Pérez.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.
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