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BOC-A-2023-102-1711.
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Promovido por la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias se ha incoado el procedimiento de aprobación del proyecto técnico de remodelación y ampliación del Puerto de Gran Tarajal, en el término municipal de Tuineje, en la isla de Fuerteventura.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Puerto de Gran Tarajal se encuentra clasificado como puerto de interés general de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluido en el Grupo I del anexo de la Ley 14/2013, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
Segundo.- En marzo de 2022 se adjudica, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, el contrato para la redacción del proyecto de referencia a la Unión Temporal de Empresas integrada por las empresas Berenguer Ingenieros, Evalúa Soluciones Ambientales, S.L. e Hidtma.
El proyecto y la correspondiente documentación ambiental han sido elaborados, respectivamente, por las consultoras Berenguer Ingenieros y Evalúa Soluciones Ambientales, S.L. La parte técnica define las obras necesarias para la ampliación y remodelación del Puerto de Gran Tarajal. La parte ambiental analiza los impactos ambientales que el proyecto pudiera ocasionar sobre el medio ambiente, durante la fase constructiva y operativa.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El órgano sustantivo para la aprobación del proyecto es la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, en virtud de las competencias atribuidas a su Consejero por el artículo 11.1.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, aprobado mediante Decreto 63/2020, de 2 de julio, y el artículo 17 de la citada Ley 14/2013, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.
Segundo.- El órgano ambiental, encargado de realizar el análisis técnico de la declaración de impacto ambiental, es la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, adscrita a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, según lo dispuesto en el Decreto 13/2019, de 25 de febrero, por el que se crea el Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único de Canarias y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Tercero.- Este proyecto, junto con su Estudio de Impacto Ambiental, está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por estar incluido en el listado de actuaciones incorporado en el Anexo I. Bloque A. Grupo 6.d), como construcción de puertos comerciales, pesqueros o deportivos que admitan barcos de arqueo superior a 1.350 t.
Cuarto.- No se produce afectación en el territorio de otro Estado, por lo que no resulta de aplicación lo previsto en los artículos 49 y 50 de la mencionada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, relativo a las consultas transfronterizas.
En vista de lo anterior, y al efecto de dar cumplimiento a la establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley de evaluación ambiental y siguiendo asimismo lo indicado por la disposición adicional primera de la Ley territorial 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en virtud de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO:
Primero.- Iniciar el trámite de información pública, con un plazo de treinta (30) días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de alegaciones, observaciones y consultas.
Durante dicho plazo, podrá consultarse la documentación del proyecto en la página web de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, en la siguiente dirección electrónica: https://www.gobiernodecanarias.org/obraspublicas/infraportuaria/PCiudadana/index.html
Asimismo, un ejemplar en formato digital del proyecto completo, la documentación recogida con arreglo a la normativa vigente, así como la relevante recibida por el órgano sustantivo con anterioridad al momento de esta información pública, serán exhibidos en las oficinas de la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda en la Avenida Francisco la Roche, 35, Santa Cruz de Tenerife.
Se trasladará igualmente, junto con el anuncio exigido por la norma ambiental, copia del proyecto para su exposición, en su caso, al Ayuntamiento de Tuineje así como al Cabildo Insular de Fuerteventura.
Las observaciones, alegaciones y consultas deberán ser dirigidas a esta Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes y su presentación podrá hacerse a través de cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 y disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- Iniciar, de forma simultánea, el trámite de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, comprendiendo a los órganos y entidades que se detallan en el anexo de la presente Resolución, también con un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de día siguiente a la recepción de la notificación que al efecto se realice.
Los informes y alegaciones en los que los citados órganos y entidades manifiesten los extremos que consideren pertinentes aportar acerca de la infraestructura portuaria prevista y sobre los posibles efectos significativos del proyecto en el medio ambiente, incluidos los efectos adversos significativos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes que incidan en el mismo, deberán remitirse por medios electrónicos y dirigirse igualmente a la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias.
Contra el presente acto, por ser de mero trámite no cualificado, no cabe interponer recurso administrativo, sin perjuicio de que puedan realizarse alegaciones de oposición al mismo para su consideración en la resolución definitiva del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de mayo de 2023.- El Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, Gustavo Santana Hernández.
ANEXO
Lista de órganos administrativos y entidades a consultar
Administración General del Estado y entidades dependientes:
- Ministerio de Hacienda: Dirección General del Patrimonio del Estado.
- Ministerio de Defensa, Delegación en Canarias.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital: Instituto Nacional de Estadística, Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea), AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: Dirección General de la Costa y el Mar, Demarcación de Costas de Canarias; Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
- Instituto Español de Oceanografía.
- Instituto Geográfico Nacional.
- Autoridad Portuaria de Las Palmas.
- Reserva de la Biosfera de Fuerteventura.
Gobierno de Canarias y entidades dependientes:
- Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias: Dirección General de Lucha Contra Cambio Climático y Medio Ambiente (Servicio de Biodiversidad, Servicio de Cambio Climático e Información Ambiental, Servicio de Contaminación de Aguas y Suelos y Servicio de Residuos, Servicio Económico-Administrativo); Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas (Servicio de Planeamiento Territorial Occidental, Servicio de Ordenación del Litoral Occidental, Servicio Técnico de Ordenación del Suelo Rústico y Espacios Naturales Protegidos y Servicio de Aguas), Dirección General de Energía.
- Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad: Dirección General de Seguridad y Emergencias, Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca.
- Consejería de Sanidad: Dirección General de Salud Pública; Secretaría General Técnica de Sanidad (Servicios de Estudios y Normativa).
- Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes: Dirección General Patrimonio Cultural.
- Consejería de Turismo, Industria y Comercio: Dirección General Infraestructura Turística, Dirección General Comercio y Consumo y Dirección General de Industria.
- Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo: Viceconsejería de Empleo.
- Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos: Dirección General Patrimonio y Contratación; Instituto Canario de Estadística.
- Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud: Viceconsejería de Igualdad y Diversidad.
- Ente Público Puertos Canarios.
Administración local:
- Cabildo Insular de Fuerteventura: Consejería de Presidencia, Economía, Hacienda, Promoción Económica y Sostenibilidad Medioambiental, Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico, Innovación, Transparencia y Participación Ciudadana; Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria; Consejería de Obras Públicas, Carreteras, Cooperación Municipal, Ordenación del Territorio y Gestión de Bienes; Consejería de Aguas, Transportes, Accesibilidad y Movilidad Sostenible; Consejería de Turismo; Consejería de Seguridad y Emergencias, Prevención, Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Servicios Generales; Consejería de Industria, Actividades Clasificadas, Artesanía y Comercio.
- Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura.
- Ayuntamiento de Tuineje.
Otros:
- Universidad de La Laguna: Facultad de Biología (Botánica Marina y Biología Marina).
- Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (Facultad de Ciencias del Mar).
- ADENA WWF.
- Sociedad Española de Ornitología (SEO-Bird Life).
- Federación Ecologista de Canarias BEN MAGEC.
- Fundación Neotrópico.
- Cofradía de Pescadores de Pescadores de Gran Tarajal.
- Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de Tuineje “La Gavia”.
© Gobierno de Canarias