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BOC-A-2023-101-1683.
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Mediante Orden n.º 173, de 24 de marzo de 2023, se autorizó la implantación en el curso 2023/2024, con carácter de experiencia piloto, del tercer curso y de un aula mixta de segundo y tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en determinados centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
Una vez que ha finalizado el plazo ordinario de solicitud de plazas escolares en el procedimiento de admisión del alumnado para el curso 2023/2024, han quedado plazas vacantes en algunos de los centros donde se implantó, con carácter de experiencia piloto, el primer ciclo de Educación Infantil. En tal sentido, teniendo en cuenta la población de dos años de cada uno de los municipios de los centros con plazas vacantes y su población de 0 a 3 años, se considera oportuno modificar, en algunos centros, el aula del tercer curso autorizada, por un aula mixta de segundo y tercer curso.
En consecuencia, procede modificar el Anexo I y el Anexo II de la citada Orden n.º 173, pasando determinados centros recogidos en el Anexo I, con implantación del tercer curso de Educación Infantil, a formar parte del Anexo II con implantación de aula mixta de segundo y tercer curso.
Por otra parte, en el CEIP Playa Blanca (Lanzarote) se amplía un aula más del tercer curso de Educación Infantil para poder atender el número de solicitudes de plazas recibidas, toda vez que cuenta con el espacio necesario para su implantación.
Con esta modificación en las unidades autorizadas, se conseguiría en la práctica un uso más eficiente y eficaz de los recursos públicos invertidos, al tiempo que se aumenta la escolarización del alumnado a más temprana edad, cumpliendo con el objetivo principal de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de impulso de la escolarización de los niños y niñas de 0 a 3 años, con plazas públicas accesibles, asequibles, inclusivas y de calidad.
Todo ello, en coherencia con el carácter progresivo y flexible del modelo de implantación de unidades, y como consecuencia del seguimiento y evaluación de la experiencia piloto, para su valoración y mejora continua de la implantación del primer ciclo de Educación Infantil, en determinados centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.
En virtud de lo citado anteriormente, vista la Memoria Propuesta de la Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa de 15 de mayo de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 5.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 7/2021, de 18 de febrero,
RESUELVO:
Primero.- Modificar la Orden n.º 173, de 24 de marzo de 2023, por la que se autorizó la implantación del tercer curso y de un aula mixta de segundo y tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en determinados centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, quedando los Anexos I y II de la citada Orden de 24 de marzo de 2023 redactados del siguiente modo:
ANEXO I
CENTROS EDUCATIVOS DONDE SE IMPLANTARÁ, CON CARÁCTER DE EXPERIENCIA
PILOTO, EL TERCER CURSO DEL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
CURSO 2023/2024
Ver anexo en las páginas 29820-29822 del documento Descargar
ANEXO II
CENTROS EDUCATIVOS DONDE SE IMPLANTARÁ, CON CARÁCTER DE EXPERIENCIA PILOTO, UN AULA MIXTA DE SEGUNDO Y TERCER CURSO DEL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
CURSO 2023/2024
Ver anexo en la página 29822 del documento Descargar
Segundo.- Las personas interesadas podrán solicitar plaza escolar en esos centros educativos en los periodos previstos para la presentación de solicitud de plaza fuera de los plazos previstos en el procedimiento de admisión del alumnado para el curso escolar 2023/2024.
Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de mayo de 2023.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.
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