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BOC Nº 100. Miércoles 24 de mayo de 2023 - 1640

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1640 Dirección General de Personal.- Resolución de 10 de mayo de 2023, por la que, en ejecución de sentencia, se incluye como seleccionado a D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez en la Resolución de 26 de octubre de 2018, que aprueba y publica las listas de aspirantes seleccionados, por cuerpos y especialidades, para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del personal docente no universitario, para el año 2018, convocados mediante Orden de 27 de abril de 2018, en la especialidad de Tecnología.

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BOC-A-2023-100-1640. Firma electrónica - Descargar

Vista la Resolución del Director General de Personal por la que se ordena la ejecución de la Sentencia de 3 de noviembre de 2021, recaída en el recurso contencioso-administrativo que se ha seguido en la Sala de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, número de procedimiento ordinario 58/2021, a instancia de don Jesús Alberto Santana Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 27 de abril de 2018, se convoca procedimiento selectivo para ingreso y acceso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional (BOC n.º 84, de 2.5.2018).

D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez participa en el citado procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria por la especialidad de Tecnología.

Segundo.- Mediante Sentencia de 3 de noviembre de 2021, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de Santa Cruz de Tenerife, dictada en el procedimiento ordinario n.º 58/2021, se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez, contra la Orden de 21 de febrero de 2020, por la que se aprueba, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, el expediente de los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público del año 2018 (BOC n.º 46, de 6.3.2020), anulando la actuación administrativa impugnada con los efectos legales inherente a tal pronunciamiento.

Tercero.- En el antecedente de hecho vigésimo de la Orden de 21 de febrero de 2020, que resulta anulada, consta que “Por Resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 5 de febrero de 2020 (n.º 339/2020), se estima el recurso potestativo de reposición presentado por D. Héctor David Batista Hernández, contra la Resolución de la Dirección General de Personal de 26 de octubre de 2018, lo que supuso las modificaciones en las puntuaciones de los aspirantes que ya están reflejadas en los anexos de la presente Orden, y, como consecuencia de dichas puntuaciones, resulta:

1.- La exclusión de las listas de aspirantes seleccionados de su Tribunal y especialidad, y, por lo tanto, del anexo de la Resolución de 26 de octubre de 2018, por la que se aprueban y publican las listas de aspirantes seleccionados, por cuerpos y especialidades, para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, convocados mediante Orden de 27 de abril de 2018, de:

- D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez, Tribunal n.º 1 de Tecnología de Gran Canaria, con una puntuación de 5,5846 puntos...”.

Cuarto.- Por la Comunidad Autónoma se presenta recurso de casación conforme al artículo 86.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en interés casacional.

Quinto.- Mediante Auto de la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, de fecha 7 de abril de 2022, en el Procedimiento de Ejecución provisional n.º 1/2022, se aprueba la ejecución provisional de la sentencia.

En cumplimiento del referido Auto, se dicta la Resolución n.º 1933/2022, de fecha 7 de junio, por la que se ordena la ejecución provisional de la Sentencia de 3 de noviembre de 2021, en los siguientes términos:

“1.º- Mantener la puntuación inicial del recurrente de la fase de concurso, con la siguiente puntuación global:

Oposición: 6,9385 (60%) = 4,1631.

Concurso: 6,5291 (40%) = 2,6116.

PUNTUACIÓN GLOBAL: 6,7747 PUNTOS.

2.º- Incluir al recurrente en la Resolución de la Dirección General de Personal de 26 de octubre de 2018 (BOC n.º 217, de 9.11.2018), por la que se aprueban y publican las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en el procedimiento selectivo mencionado.

3.º- Tras los trámites procedentes (comprobación de la realización de la fase de prácticas y declaración de aptitud), remitir el expediente al Ministerio de Educación y Formación Profesional para su nombramiento como funcionario de carrera, en ejecución provisional de sentencia.

4.º- Realizar el resto de actuaciones administrativas derivadas del fallo judicial, entre otras, admitir la participación del recurrente en los procedimientos de provisión de plazas que se convoquen para la obtención de destino, ya sea con carácter provisional o definitivo, desde su condición de funcionario de carrera.”

Sexto.- Con fecha 2 de marzo de 2023, tiene entrada en este Centro Directivo Providencia de fecha 23 de febrero de 2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación n.º 1257/2022 interpuesto contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, de Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento ordinario n.º 58/2021, interpuesto por D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez, por la que se inadmite a trámite el recurso de casación, sin que quepa recurso alguno, por la firmeza de la sentencia de la Sala.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Esta Dirección General de Personal es competente para conocer y resolver la presente ejecución de sentencia, por ser el órgano emisor del acto objeto del recurso, dictado en el ejercicio de las competencias que al efecto le atribuye el artículo 19 del Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (BOC n.º 41, de 1.3.2021), en materia de gestión del personal docente no universitario.

Segundo.- El artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE n.º 167, de 14.7.1998), que establece la obligación de ejecutar la sentencia por parte del órgano administrativo que hubiera realizado la actividad objeto del recurso.

Tercero.- El artículo 15.3 del Decreto 19/1992, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias (BOC n.º 109, de 3.6.2011), en su redacción dada por el Decreto 14/2021, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad (BOC n.º 62, de 25.3.2021).

Cuarto.- La Jurisprudencia del Tribunal Supremo protege a los seleccionados de buena fe en procedimientos selectivo que se ven afectados por estimaciones de sentencias, optando porque conserven sus plazas si así lo aconsejan razones de equidad. En esta línea, se pronuncia en sus sentencias de 18 de enero de 2012 Casación 1073/09, de 17 de junio de 2014, Casación 1150/13, de 8 de octubre de 2014, Casación 2457/13, de 15 de diciembre de 2014, Casación 2459/ de 22 de abril de 2015, Casación 2460/13, de 29 de junio de 2015, Casación 438/14, etc., que optan expresamente por mantener como funcionarios de carrera a quienes se encuentran en la citada situación.

Visto el artículo 19 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias aprobado por Decreto 7/2021, de 18 de febrero (BOC de 1.3.2021), y el Decreto 78/2020, de 23 de julio, de nombramiento del Director General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (BOC de 24.7.2020),

RESUELVO:

Primero.- Incluir, como aspirante seleccionado en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria en la especialidad de Tecnología, a D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez, con DNI ***7550**, en la Resolución de 26 de octubre de 2018 (BOC n.º 217, de 9.11.2018), por la que se aprueban y publican las listas de aspirantes seleccionados, por cuerpos y especialidades, para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del personal docente no universitario, para el año 2018, convocados mediante Orden de 27 de abril de 2018, en el número de orden 16 y con una puntuación total ponderada de 6,7747.

Segundo.- Elevar propuesta a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para la inclusión de D. Jesús Alberto Santana Gutiérrez en la Orden de 19 de noviembre de 2018, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes a la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del personal docente no universitario, para el año 2018, convocados mediante Orden de 27 de abril de 2018.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de mayo de 2023.- El Director General de Personal, Fidel Benigno Trujillo Santana.

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