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BOC Nº 094. Martes 16 de mayo de 2023 - 1514

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Sanidad

1514 ORDEN de 25 de abril de 2023, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2023-2025.

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BOC-A-2023-094-1514. Firma electrónica - Descargar

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

La disposición final primera de dicha ley atribuye carácter básico al precepto mencionado, resultando de aplicación a todas las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que su contenido pueda ser completado por las Comunidades Autónomas.

El artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

Los planes estratégicos, como norma general, deben contener previsiones para un periodo de vigencia de tres años y someterse, en todo caso, a las restricciones que en orden al cumplimiento de los objetivos de política económica y de estabilidad presupuestaria se determinen para cada ejercicio.

El artículo 7.3 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Asimismo, establece el artículo 8.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, que anualmente se realizará la actualización de los planes de acuerdo con la información relevante disponible.

Las actuaciones de fomento en el ámbito sanitario son realizadas tanto por la propia Consejería de Sanidad como por el Servicio Canario de la Salud, organismo autónomo adscrito a la misma, por lo que el presente Plan, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, incluye los objetivos estratégicos, las líneas de subvención, así como su régimen de seguimiento y evaluación, tanto del Departamento como del organismo autónomo.

Por otra parte, la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, establece en su artículo 31.1.a) la obligación de publicar los planes estratégicos y de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Por todo lo expuesto, a la vista de lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, así como del informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 19 de abril de 2023,

RESUELVO:

Único.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2023-2025, en los términos del anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de abril de 2023.

EL CONSEJERO
DE SANIDAD,
Blas Gabriel Trujillo Oramas.

ANEXO

SUBVENCIONES DIRECTAS

Ver anexo en las páginas 28164-28174 del documento Descargar

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