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BOC-A-2023-092-1485.
Firma electrónica
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BDNS (Identif.): 692862.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/692862).
Primero.- Beneficiarios.
1.1. El servicio de comedor está destinado al alumnado matriculado en el centro donde se preste este servicio de los centros docentes públicos no universitarios, dependientes de esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
1.2. El alumnado de otro centro docente público no universitario, dependiente de esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, cuando queden plazas vacantes, respecto de las ofertadas al alumnado del propio centro.
Segundo.- Objeto.
2.1. Establecer el calendario y las instrucciones complementarias del procedimiento de admisión del alumnado en los comedores de los centros docentes públicos no universitarios para el curso escolar 2023-2024.
2.2. Aprobar los criterios y cuantías para la concesión de subvenciones de los comedores escolares en los centros públicos docentes no universitarios dependientes de esta Consejería en desarrollo de la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 24 de abril de 2009.
2.3. Autorizar la oferta de plazas de comensales de los comedores escolares para el curso escolar 2023-2024 establecida en los centros docentes públicos no universitarios, dependientes de esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 24 de abril de 2009, por la que se establece el procedimiento de obtención de plazas y se aprueban las bases de la concesión de subvenciones de los comedores escolares en los centros públicos docentes no universitarios dependientes de esta Consejería, modificada por la Orden de 28 de marzo de 2014.
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía de la concesión de la subvención viene determinada en la instrucción undécima de la Resolución.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Ver anexo en la página 27921 del documento Descargar
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de mayo de 2023.- La Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, María Candelaria González Morales.
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