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BOC-A-2023-092-1480.
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El artículo 70 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, en relación con el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como la vigente Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2023, establecen el marco legal por el que se regula la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria, tiene por objeto la creación y regulación del Cuerpo General de la Policía Canaria, que se define en el artículo 11 como un instituto armado de naturaleza civil y estructura y organización jerarquizada. Asimismo, de acuerdo con el artículo 20, los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria son funcionarios de carrera de la Comunidad Autónoma de Canarias y se rigen por lo que se establece en la propia Ley 2/2008 y en la Ley de la Función Pública Canaria.
Mediante Decreto 225/2022, de 7 de diciembre, se amplió el Catálogo de Puestos del Cuerpo General de la Policía Canaria, incluyendo un total de cuatrocientas setenta y seis (476) plazas. La disposición adicional décima cuarta de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, habilita para ampliar el citado catálogo, en el sentido de reflejar la incorporación de 100 nuevos efectivos, constituyendo un total de 576 efectivos que compongan el Cuerpo General de la Policía Canaria.
Esta ampliación del Catálogo de Puestos se aprueba por el Gobierno en esta misma sesión.
El artículo 52 de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, señala que durante el mismo la incorporación de nuevo personal en los entes mencionados en el artículo 1, apartados 2, 3 y 4, de la citada Ley, entre los que se encuentra la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, se realizará con sujeción a la normativa del Estado, de carácter básico.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.Tres.4.f) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, se establece una serie de reglas de flexibilización de la tasa de reposición, de forma que no computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para el cálculo, entre otras, las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local.
De conformidad con lo previsto en los artículos 5.2.e) de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y 52 de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, previa negociación colectiva en el ámbito de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, atendiendo a los términos previstos en el artículo 38.1.i) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 14/2021, de 18 de marzo, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 4 de mayo de 2023,
RESUELVO:
Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público.
Se aprueba la Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de la Policía Canaria para el año 2023, en los términos que se establecen en el presente Decreto.
Segundo.- Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.
En la Oferta de Empleo Público se incluye un total de 100 plazas, de las que 80 corresponden al sistema general de acceso libre y 20 plazas al sistema de promoción interna, cuyo detalle figura como anexo.
Ver anexo en la página 27352 del documento Descargar
Siempre que razones de eficacia y eficiencia así lo aconsejen, el órgano competente para aprobar la convocatoria de los procesos selectivos dimanantes de la presente Oferta de Empleo Público podrá acumular en una misma convocatoria todo o parte de las plazas que hayan sido incluidas en ofertas de empleo público vigentes en el momento de la convocatoria.
Tercero.- Entrada en vigor.
El presente acto producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 4 de mayo de 2023.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Ángel Víctor Torres Pérez.
EL CONSEJERO DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Julio Manuel Pérez Hernández.
ANEXO
RELACIÓN DE PUESTOS OFERTADOS POR SISTEMA
DE ACCESO Y EMPLEO
Ver anexo en la página 27353 del documento Descargar
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