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BOC-A-2023-078-1217.
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Examinado el expediente y de conformidad con los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha 30 de diciembre de 2022, se publica la Orden 473/2022, de 20 de diciembre, de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio (BOC n.º 256), por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU».
Segundo.- Con fecha 3 de abril de 2023, se suscribe informe propuesta de modificación puntual de la precitada Orden 473/2022, de 20 de diciembre.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La Orden de 20 diciembre de 2022, de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio (BOC n.º 256), por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU», recoge en su convocatoria, en sus bases y en sus anexos lo siguiente:
a) En la convocatoria (dispositivo tercero):
“Tercero.- Aprobar la convocatoria de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva en el año 2022, destinadas a la financiación de proyectos de incorporación de nuevas tecnologías que permitan a las pymes del comercio local dar respuesta, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los nuevos hábitos de consumo y que impacten en la transformación digital y sostenibilidad del propio establecimiento y en su modelo de negocio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, que se rigen conforme a las bases aprobadas en el dispositivo primero.
El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones reguladas por las presentes bases comenzará a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 31 de julio de 2023, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha.
[…].”
b) En las bases:
Quinta.- Requisitos a cumplir por las actividades subvencionadas.
“[…]
5.4. Las características técnicas de las actuaciones subvencionables son las que figuran en el Anexo II de estas bases. En función del ámbito territorial de la entidad solicitante, no serán admisibles las actuaciones que no incorporen, al menos, 100 comercios, salvo en La Palma, donde la cifra será de 50, La Gomera y El Hierro, donde la cifra será de 30.”
Duodécima.- Presentación y formalización de solicitudes.
“12.1. El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones reguladas por las presentes bases comenzará a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 31 de julio de 2023, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha.
12.2. […].”
c) En el Anexo II (apartado 6):
“Declaración responsable de que las actuaciones subvencionadas incorporan, en función del ámbito territorial de la entidad solicitante, al menos, 100 comercios, salvo en La Palma, donde la cifra será de 50, La Gomera y El Hierro, donde la cifra será de 30”.
A la vista de las solicitudes recibidas y considerando que la Orden establece un plazo de presentación de solicitud de subvenciones excesivamente breve, que dificulta a los posibles beneficiarios el acceso a estos fondos, y puesto que el procedimiento telemático permite acortar los plazos de tramitación administrativa para la concesión de la subvención, se estima necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
Asimismo, se ha observado que los requisitos exigidos para las actividades subvencionables, en cuanto al número de asociados, han resultado ser excesivamente exigentes para ser alcanzados por el tejido comercial, teniendo en cuenta que la convocatoria pretende facilitar el acceso a herramientas tecnológicas al pequeño y mediano comercio minorista y que el gasto aprobado por la convocatoria podrá incrementarse con los créditos que se transfieran a la administración autonómica. Por ello, se considera conveniente rebajar la exigencia del número de asociados permitiendo, incluso, la participación de entidades que agrupen al menos a 15 comercios, si bien en estos casos se reduce el importe máximo de la subvención. Todo ello sin alterar ningún otro aspecto de las bases aprobadas, que facilitan la concurrencia a las subvenciones.
Segunda.- De conformidad con lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, en relación con el artículo 4 y siguientes del Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, es competencia de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, acordar la convocatoria de las mismas, y dictar las correspondientes resoluciones de concesión, tanto en procedimientos de concurrencia como en los de concesión directa.
Por todo lo que antecede,
RESUELVO:
Primero.- Modificar puntualmente la Orden 473/2022, de 20 de diciembre de 2022, de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio (BOC n.º 256), por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU», quedando redactada su convocatoria (dispositivo tercero), sus bases (5.4 y 12.1) y Anexo II, con el siguiente tenor:
a) En la convocatoria (dispositivo tercero):
“Tercero.- Aprobar la convocatoria de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva en el año 2022, destinadas a la financiación de proyectos de incorporación de nuevas tecnologías que permitan a las pymes del comercio local dar respuesta, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los nuevos hábitos de consumo y que impacten en la transformación digital y sostenibilidad del propio establecimiento y en su modelo de negocio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, que se rigen conforme a las bases aprobadas en el dispositivo primero.
El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones reguladas por las presentes bases comenzará a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 30 de septiembre de 2023, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha.
[…].”
b) En las bases:
Quinta.- Requisitos a cumplir por las actividades subvencionadas.
“[…]
5.4. Las características técnicas de las actuaciones subvencionables son las que figuran en el Anexo II de estas bases. Las actuaciones promovidas por asociaciones deberán incorporar un número de asociados no inferior a treinta comercios. No obstante, se admitirán actuaciones promovidas por asociaciones cuya cifra de asociados sea inferior a treinta, pero superior a quince comercios, en cuyo caso, el importe máximo de la subvención será de cien mil euros.”
Duodécima.- Presentación y formalización de solicitudes.
“12.1. El plazo de presentación de las solicitudes de las subvenciones reguladas por las presentes bases comenzará a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 30 de septiembre de 2023, no admitiéndose más solicitudes a partir de esa fecha.
12.2. […].”
c) En el Anexo II (apartado 6):
“Declaración responsable de que las actuaciones subvencionadas incorporan, al menos, a 15 comercios”.
Segundo.- Publicar la modificación de la Orden en el Boletín Oficial de Canarias y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2023.
LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castilla Herrera.
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