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BOC-A-2023-072-1109.
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En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la Resolución de la Directora General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con n.º 50893/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria que ha de regir el proceso selectivo para la provisión en propiedad, por el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso, de una plaza (1) de Comisario de la Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Superior, Grupo A, Subgrupo A1.
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Resolución de la Directora General de Administración Pública n.º 50893/2022,
de 23 de diciembre, por la que se aprueban las bases específicas para la provisión en propiedad, mediante el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso, de una plaza (1) de Comisario de la Policía Local Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Escala Superior, Grupo A, Subgrupo A1.
II.- Consta en el expediente informe de fiscalización favorable de fecha 13 de diciembre de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
a) Normativa aplicable.
• Constitución Española de 1978.
• La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado.
• El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
• Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias.
• Ley 2/2008, de 28 de mayo, por la que se crea el Cuerpo General de la Policía de Canarias.
• Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, por el que se establecen las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias.
• Orden de 24 de marzo de 2008, por el que se desarrolla el Decreto 178/2006,
de 5 de diciembre, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias.
• Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, ROGA).
• Aprobación por Pleno, en su sesión de fecha 29 de julio de 2018, del Régimen de Fiscalización de ingresos y de fiscalización e intervención limitada previa sobre gastos y obligaciones para el ejercicio de la función interventora para el Ayuntamiento, sus Organismos Autónomos y el Consorcio Museo Néstor.
b) Consideraciones jurídicas.
1. Sobre el objeto del procedimiento.
Las presente convocatoria se incluye en el proceso selectivo para la provisión, por el turno de promoción interna, y mediante el sistema de concurso, de una (1) plaza de Comisario/a de la Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo A, Subgrupo A1, cuyas bases específicas han sido aprobadas a través de la Resolución de la Directora General de Administración Pública
n.º 43146/2022, de 11 de noviembre, según lo previsto en la disposición final tercera de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.
Este proceso selectivo tiene su base en la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 157, de fecha 30 de diciembre de 2019, de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el año 2019, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de diciembre de 2019, así como en la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 30, de 9 de marzo de 2020, de rectificación de error material detectado en la citada oferta, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de febrero de 2020.
2. Sobre la necesidad y oportunidad de proceder a la convocatoria.
En los últimos tiempos la sociedad se ha ido complicando y han proliferado cada vez más diversos fenómenos, tanto sociales, como epidemiológicos, delictivos etc…, que hacen peligrar el actual Estado del Bienestar. Dentro de los fenómenos sociales uno de los más preocupantes es el de la inseguridad ciudadana. Siendo la seguridad, un concepto tan amplio y complejo que se extiende a múltiples sectores, la Policía se constituye como un instrumento de enorme valor, para hacer frente a esas graves amenazas y a aquellas otras, que tienen una repercusión directa en la vida, seguridad y el bienestar de los ciudadanos.
El obligado dinamismo en las políticas públicas de seguridad unido a la cada vez mayor preocupación social por los fenómenos delictivos, y todas aquellas conductas que atentan contra la calidad de vida social requieren de una serie de medidas que se deben aplicar de forma coordinada al objeto de luchar contra las mismas. Los municipios buscan ofrecer a sus ciudadanos condiciones de vida aceptables, donde sus habitantes puedan desarrollar las diferentes facetas que implica vivir en sociedad. Para la consecución de este fin, la seguridad pública ocupa una posición privilegiada pues en una sociedad democrática, la libertad es un elemento indispensable y la misma no sería posible sin seguridad.
A fin de garantizar la seguridad en esa sociedad globalizada, los municipios han de establecer aquellas estrategias que permitan definir las distintas acciones e intervenciones políticas o administrativas que en materia de seguridad se requiera y llevar a cabo el desarrollo de estrategias en lo que a políticas de seguridad se refiere, con la finalidad de evitar que se cometan actos delictivos o reduciendo las posibilidades de que los mismos se cometan. A tal fin, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha ido asumiendo progresivamente mayores responsabilidades no solo en el ámbito de lo social, cultural y deportivo sino en el ámbito de la seguridad, siendo uno de los temas que más preocupa a los ciudadanos. Uno de los instrumentos clave para la consecución de dichos fines en este municipio de Gran Población es la Policía local, ya sea por el elevado número de usuarios destinatarios del servicio público que ofrece a la ciudadanía, o por la variedad en la casuística que ofrecen las intervenciones a llevar a cabo. Por ello, la Policía Local de esta ciudad debe adecuar su estructura, organización y funcionamiento a las exigencias de los tiempos actuales.
Recientemente, la plantilla de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria ha sufrido una merma importante de efectivos policiales tanto en el empleo de Policías como en los distintos empleos de mando, principalmente causada por jubilación, comprendiendo no solo la “forzosa por razón de edad” sino también la “anticipada”, prevista en la legislación vigente. De ahí que, en los últimos cuatro años se ha intentado hacer frente a dicha disminución de efectivos con convocatorias públicas de empleo, para el empleo de Policía, así como para los distintos empleos de la escala de mandos, comenzando por aquellos que integran la Escala Ejecutiva (Inspectores y Subinspectores) así como Oficiales de la Escala Básica.
Siendo Las Palmas de Gran Canaria un municipio de Gran Población, capital de provincia, con una importante cantidad de efectivos policiales en su cuerpo de Policía Local cercano a los 600, y una variada casuística de intervenciones en la prestación del servicio público al ciudadano, se hace por tanto imprescindible ir progresivamente dotando de nuevo personal a la categoría de mandos de la Escala Superior, donde se encuadran los empleos de Subcomisarios, Comisarios y Comisarios Principales, para permitir una adecuada dirección, coordinación y planificación de los efectivos de Policía Local con el fin de mantener de la seguridad en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
En este momento es necesario iniciar el expediente oportuno para impulsar el procedimiento selectivo del empleo de Comisario/a de la Policía local, actualmente vacante en la vigente Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, constituyendo un empleo de suma importancia dentro de la Escala Superior de la Policía Local.
3. Desarrollo y aprobación de la convocatoria.
Una vez aprobadas las bases específicas que rigen este proceso selectivo, este Servicio de Recursos Humanos entiende que procede llevar a cabo la convocatoria, de modo que los aspirantes interesados en participar en este proceso selectivo pueden presentar sus instancias. El plazo será de 20 días hábiles, y contará, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en la web municipal.
Debe tenerse en cuenta que esta convocatoria se ajustará al procedimiento selectivo regulado en la normativa autonómica específica que resulta de aplicación, así como en lo no previsto por aquella, en la normativa básica estatal.
4. De la existencia de crédito adecuado y suficiente.
El objeto de la presente convocatoria es proveer una (1) plaza de Comisario/a de la Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso, para cubrir la plaza 1POL007, adscrita al puesto de trabajo con código POL-F-07 perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo A, Subgrupo A1, acompañándose a este expediente las cuantificación de la plaza de Comisario/a y sus correspondientes documentos de retención de crédito.
5. Número e identificación de la plaza ofertada.
La plaza ofertada en el presente proceso selectivo se encuentra vacante, tal y como consta en la plantilla de personal; dicha plaza ofertada a los aspirantes se enumera a continuación:
A) Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo A, Subgrupo A1.
Ver anexo en la página 19796 del documento Descargar
6. Sobre la competencia.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el 17 de marzo de 2016, quedan delegadas en la Dirección General de Administración Pública:
1.º.- Competencias económicas. En el marco de sus respectivas competencias y con cargo a las aplicaciones presupuestarias cuya gestión le corresponde, las siguientes competencias.
1. El desarrollo de la gestión económica.
2. La autorización y la disposición de los gastos en las materias que le sean delegadas.
3. La disposición de gastos previamente autorizados por el Pleno.
2.º.- Competencias en materia de personal.
1. La gestión del personal.
2. Aprobar las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo.
3. Acordar el despido del personal laboral, el régimen disciplinario (excepto la separación de servicio de los funcionarios) y las demás decisiones en materia de personal que no estén atribuidas a otro órgano.
De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos Humanos obrante en el expediente, de fecha 17 de noviembre de 2022 y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, esta Dirección General de Administración Pública, al amparo del Decreto del Alcalde n.º 29036/2019, de 29 de junio, por el que se establece la estructura superior y directiva de las Áreas de Gobierno (modificado por Decreto del Alcalde n.º 41551/2019, de cuatro de octubre) así como el Decreto del alcalde n.º 30454/2019, de fecha 19 de julio, por el que se establecen los ámbitos materiales, sectores funcionales y la estructura organizativa del Área de Gobierno de Administración Pública, Recursos Humanos, Innovación Tecnológica y Deportes, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración, y en el ejercicio de las competencias que le han sido delegadas en materia de gestión de personal en virtud de acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de fecha 17 de marzo de 2016,
RESUELVE:
Primero.- Aprobar la convocatoria que ha de regir el proceso selectivo destinado a la cobertura, por el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso, de una (1) plaza de Comisario/a del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales/Cuerpo Policía Local, Grupo A, Subgrupo A1.
Segundo.- Autorizar el gasto derivado de la aprobación de la convocatoria para la provisión en propiedad, por el turno de promoción interna, y mediante el sistema de concurso, de una (1) plaza de Comisario/a de la Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo A, Subgrupo A1, por importe de cuatro mil setecientos veintiún euros con veintisiete céntimos (4.721,27 euros), para el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2022, según se recoge a continuación:
Ver anexo en la página 19798 del documento Descargar
Tercero.- Autorizar el gasto correspondiente a la cuota patronal que se corresponde con convocatoria para la provisión en propiedad, por el turno de acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición y con el carácter de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de una (1) plaza de Técnico de Grado Medio AE, Arquitecto/a Técnico, para el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2022, por importe de mil setecientos veintinueve euros con ochenta y siete céntimos (1.729,87 euros), a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social con CIF Q28027003, según detalle que se relaciona a continuación:
Ver anexo en la página 19798 del documento Descargar
Cuarto.- Dicha convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la provisión en propiedad, por el turno de promoción interna, y mediante el sistema de concurso, de una (1) plaza de Comisario/a, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo A, Subgrupo A1, para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas mediante Resolución de la Directora General de Administración Pública n.º 43146/2022, de 11 de noviembre.
Quinto.- El plazo para la presentación de instancias será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, tras su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.
Sexto.- Efectuar las publicaciones que procedan.
Régimen de recursos.- Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.- Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de diciembre de 2022.- La Directora General de Administración Pública (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12.5.2016) María Mercedes Cejudo Rodríguez.
Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la disposición adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.- Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de diciembre de 2022.- El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de La Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, Antonio José Muñecas Rodrigo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 2023.- La Directora General de Administración Pública (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12.5.2016), Mercedes Cejudo Rodríguez.
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