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BOC Nº 072. Jueves 13 de abril de 2023 - 1098

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda

1098 Secretaría General Técnica.- Resolución de 29 de marzo de 2023, por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo n.º 9144, denominado Jefe de Servicio de Promoción Privada Santa Cruz de Tenerife, adscrito al Instituto Canario de la Vivienda.

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BOC-A-2023-072-1098. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- El puesto n.º 9144 Jefe Servicio de Promoción Privada Santa Cruz de Tenerife, adscrito al Instituto Canario de la Vivienda, con localización en Santa Cruz de Tenerife, que figura en el Decreto 151/2018, de 29 de octubre (BOC n.º 217, de 9.11.2018), por el que se modifica la relación de puestos de trabajo del Instituto Canario de la Vivienda, tiene como forma de provisión la libre designación.

Segundo.- La Directora del Instituto Canario de la Vivienda ha solicitado con fecha 15 de marzo de 2023 la provisión por el procedimiento de libre designación de este puesto de trabajo, acompañando certificación acreditativa de que el puesto se encuentra vacante y con dotación presupuestaria para el año 2023, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51.3 de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- Procedimiento de provisión por libre designación.- Se regula en el artículo 77.3 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y en el Capítulo III, del artículo 17 al 23, del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. El procedimiento se inicia por convocatoria pública anunciada en el Boletín Oficial de Canarias, con indicación de la denominación del puesto, sus complementos retributivos, el nivel, la localización y los requisitos para su desempeño contenidos en la relación de puestos de trabajo, concediendo un plazo no inferior a quince días hábiles para la presentación de solicitudes.

II.- Competencia para realizar la convocatoria del procedimiento.- Por Resolución de 9 de diciembre de 2019, de la Dirección General de la Función Pública (BOC n.º 238, de 10.12.2019), se delega en las personas titulares de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno y de las Secretarías Generales Técnicas Departamentales, el ejercicio de la competencia de la Dirección General de la Función Pública, prevista en el artículo 81.1.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 14/2021, de 18 de marzo, para convocar los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, mediante libre designación, de los puestos de trabajo de sus correspondientes Departamentos, así como de los Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público adscritos a los mismos, y para proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo, se delega también en los mismos órganos señalados anteriormente la competencia prevista en el artículo 20 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, respecto a la emisión del informe relativo al cumplimiento por parte de las personas participantes en la convocatoria de los requisitos exigidos para la provisión del puesto convocado, salvo que a la convocatoria concurran y participen en ella personas funcionarias de carrera pertenecientes a otra Administración, en cuyo caso el informe corresponderá a la Dirección General de la Función Pública y comprenderá la determinación de la equivalencia a que se refiere el artículo 31, segundo párrafo, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Anunciar convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo n.º 9144 Jefe Servicio de Promoción Privada Santa Cruz de Tenerife, adscrito al Instituto Canario de la Vivienda, que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación.

BASES

1.- El puesto de trabajo a proveer, mediante el procedimiento de libre designación, es el que figura relacionado en el Anexo I de esta Resolución.

2.- Podrá participar el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, según la vigente relación de puestos de trabajo, que se especifican en el Anexo I.

3.- Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión, ajustadas al modelo que se inserta como Anexo II, deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En cuanto al cumplimiento de pertenencia al cuerpo y escala, al permitirse que puedan participar funcionarios de otras Administraciones Públicas, la equivalencia entre el cuerpo, escala y/o especialidad de pertenencia del funcionario participante y el que figura en el Anexo I para el puesto convocado, se determinará conforme a los criterios siguientes: la igualdad de la titulación exigida para el ingreso en ambos cuerpos, escalas y/o especialidades, las similitudes en los sistemas selectivos y en los temarios utilizados en los procedimientos selectivos para su acceso.

A tal fin, los funcionarios aspirantes que procedan de otra Administración Pública, deberán acreditar en la documentación que se acompañe a su solicitud de participación, además del cuerpo, escala y/o especialidad al que pertenecen en su Administración de origen, la titulación académica de ingreso en dicho cuerpo, escala y/o especialidad, las bases de la convocatoria del procedimiento selectivo para su ingreso, que deberá incluir el temario exigido.

4.- Además de los datos previstos en el indicado modelo, los/las aspirantes harán constar en la solicitud su curriculum vitae, en el que figuren, debidamente acreditados, el cuerpo/escala a que pertenecen, el grupo en que el mismo se hallase clasificado, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando la documentación fehaciente acreditativa de las circunstancias y méritos.

5.- La Secretaría General Técnica de este departamento o, en su caso, la Dirección General de la Función Pública, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, examinará todas las presentadas y evacuará el informe preceptivo relativo al cumplimiento por los aspirantes de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

6.- La presente convocatoria se resolverá por Orden del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, previa propuesta del organismo público al que está adscrito el puesto de trabajo objeto de provisión, pudiendo acordar, con anterioridad, la celebración de una entrevista con los aspirantes.

7.- Se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ningún funcionario, o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria o ante aquel en que tenga su domicilio el recurrente, a elección de este. El plazo para interponerlo será de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2.º, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

- Recurso potestativo de reposición ante esta consejería, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente en los términos contemplados en el apartado anterior.

No se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Todo ello, sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2023.- El Secretario General Técnico (p.d. Resolución 9.12.2019, de la Dirección General de la Función Pública; BOC n.º 238, de 10.12.2019), David Gómez Prieto.

ANEXO I

ORGANISMO: Instituto Canario de la Vivienda.

UNIDAD: Servicio Promoción Privada Santa Cruz de Tenerife I.C.V.

NÚMERO DEL PUESTO: 9144.

FUNCIONES: estudio, informe, asesoramiento y propuesta de carácter superior, decisión ejecución, coordinación y control de las tareas del Servicio, etc.

NIVEL: 28

PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75.

VÍNCULO: funcionario/a de carrera.

ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: indistinta.

GRUPO: A SUBGRUPO: A1.

ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: A111/A112 (Cuerpo Superior de Administradores/Escala de Administradores Generales/Escala de Administradores Financieros y Tributarios).

MÉRITOS PREFERENTES: Licenciado/a en Derecho.

JORNADA: normal.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife.

ANEXO II

Ver anexo en la página 19692 del documento Descargar

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