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BOC-A-2023-035-551.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Comité de Evaluación de Carrera Profesional para el Personal Sanitario de Formación Profesional de la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote fue constituido por Resolución de esta Gerencia de Servicios Sanitarios n.º 1377/2018, de 30 de abril de 2018.
Segundo.- Mediante Resolución de 23 de noviembre de 2022, se ordena la publicación del Acuerdo de 22 de noviembre de 2022 del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional de esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva de las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022 de dicho personal, que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, por el procedimiento ordinario del año 2022 (publicada en el BOC n.º 243, de 13.12.2022).
En el encabezado de la referida Resolución de 23 de noviembre de 2022 se detecta error en el año del procedimiento.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La competencia sobre la resolución de los procedimientos de encuadramiento en el correspondiente grado de carrera profesional del personal del Servicio Canario de la Salud, es delegada en las Gerencias y Direcciones Gerencias de Hospitales, en virtud de la Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud, de fecha 10 de enero de 2008 (BOC n.º 21, de 30.1.2008).
Segundo.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone expresamente que “las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
De conformidad con lo dispuesto anteriormente y a la vista de su solicitud,
RESUELVO:
Primero.- Rectificar la Resolución de 23 de noviembre de 2022, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de 22 de noviembre de 2022 del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional de esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva de las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022 de dicho personal, que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, por el procedimiento ordinario del año 2022, en los términos que se detallan a continuación, quedando en todo lo demás vigente:
• En el encabezado de la Resolución:
Donde dice:
“Resolución de 23 de noviembre de 2022, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de 22 de noviembre de 2022 del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional de esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva de las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022 de dicho personal, que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, por el procedimiento ordinario del año 2021.”
Debe decir:
“Resolución de 23 de noviembre de 2022, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de 22 de noviembre de 2022 del Comité de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional de esta Gerencia, que aprueba la relación definitiva de las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022 de dicho personal, que se encuadra o no en los distintos grados del sistema de carrera profesional, por el procedimiento ordinario del año 2022.”
Quedando en todo lo demás vigente la aludida Resolución.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en la página web del Servicio Canario de la Salud y en la Intranet de la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción; o bien potestativamente recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de la Salud en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.
Arrecife, a 3 de febrero de 2023.- El Gerente (p.d. Resolución de 10.1.2008, del Director del SCS; BOC n.º 21, de 30.1.2008), José Luis Aparicio Sánchez.
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