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BOC-A-2023-031-502.
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El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
De conformidad con la normativa citada y con la finalidad de facilitar al público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda V de prórroga al Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud, el Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas y el Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife para la ejecución del Programa de Atención Bucodental Infantil de Canarias (PADICAN).
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2023.- La Secretaria General, Esther Gloria García Cabrera.
ANEXO
ADENDA V DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, EL COLEGIO OFICIAL DE DENTISTAS DE LAS PALMAS Y EL COLEGIO OFICIAL DE DENTISTAS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN BUCODENTAL INFANTIL DE CANARIAS (PADICAN).
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Blas Gabriel Trujillo Oramas, Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 53/2020 (BOC nº 123, de 20 de enero), y Presidente del Consejo de Dirección del Servicio Canario de la Salud, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.a) y k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en los artículos 56.1.a) de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, y 7 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por lo que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Juan Cabrera Panasco, Presidente del Ilustre, Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas, quien, en virtud del proceso electoral celebrado en el Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas, fue proclamado electo el 10 de mayo de 2022 y tomó posesión de su cargo como presidente el día 1 de junio de 2022, ostentando dicho cargo en la actualidad, conforme certifica el Secretario del Ilustre. Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas con fecha de 6 de agosto de 2022.
Y de otra parte, la Ilma. Sra. Dña. Concepción M. León Martínez, Presidenta del Ilustre Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, elegida en virtud del proceso electoral celebrado en el Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife el 25 de mayo de 2021, y habiendo tomado posesión de su cargo el 10 de junio de 2021, ostentando dicho cargo en la actualidad, conforme se certifica por la Secretario del Ilustre Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife el 8 de agosto de 2022.
Reconociéndose capacidad jurídica y de obrar en nombre de las Entidades que representan para formalizar la presente Adenda,
EXPONEN
Primero.- Que con fecha 28 de diciembre de 2018 se firmó el Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud, el Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas y el Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife para la ejecución del Programa de Atención Bucodental Infantil de la Comunidad Autónoma de Canarias (PADICAN), con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.
Segundo.- La cláusula décima del referido Convenio establece que, en función del desarrollo del mismo y de las necesidades del Servicio Canario de la Salud, se podrán suscribir adendas de prórroga y modificación, en las que se determinarán las variaciones técnicas, asistenciales, económicas y de cualquier otra índole.
Tercero.- Cerca del vencimiento del plazo de vigencia, procede la tramitación de la correspondiente Adenda de prórroga para el ejercicio 2023. Los años de experiencia de ejecución del Convenio suscrito, nos han llevado en cada Adenda a definir puntos de mejora para un mejor funcionamiento del Programa, los cuales se verán reflejados en las modificaciones de las cláusulas del Convenio que se exponen en esta Adenda de modificación y prórroga. Estas afectan fundamentalmente a modificar las tarifas de capitación por cada menor revisado en el Programa incluidas en el Anexo I del Convenio, incrementando el precio talón de adscripción anual de 36 a 41 euros a partir del próximo ejercicio 2023. Dicha modificación se encuentra motivada por el tiempo que lleva congelado el precio del talón de adscripción, el cual no solo no se ha modificado desde el año 2011, sino que ha ido disminuyendo desde que se implementó el Programa en el año 2009, pasando de 45 a los 36 euros en el que está actualmente. Teniendo en cuenta el contexto económico actual, con una subida histórica de la inflación, los gastos corrientes de la clínicas dentales en cuanto materiales, luz, agua, etc., se han visto notablemente incrementados, no pudiendo soportar el coste que supone revisar a un menor por el precio al que está vigente el talón actualmente. A esto se añade a que el precio del talón en nuestra Comunidad Autónoma es de los más bajos de todas aquellas con Programas tipo PADI del Estado, por lo que, con este incremento, se conseguiría estar más cerca de la media nacional. También es importante destacar que este incremento del precio del talón no supondría en ningún caso modificar el presupuesto máximo de financiación del Convenio que se acordó en la Adenda IV de modificación y prórroga.
Cuarto.- La presente Adenda ha sido autorizada por el Gobierno de Canarias mediante acuerdo de fecha 22 de diciembre 2022.
Por lo expuesto, las partes reunidas
ACUERDAN
Primero.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023 la vigencia del Convenio de Colaboración entre el Servicio Canario de la Salud, el Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas y el Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife para la ejecución del Programa de Atención Bucodental Infantil de la Comunidad Autónoma de Canarias (PADICAN), condicionado a la existencia del crédito adecuado y suficiente para asumir la presente prórroga.
Segundo.- Modificar el Anexo I Convenio de Colaboración en los siguientes términos:
ANEXO I
TARIFAS POR CAPITACIÓN
Ver anexo en la página 9367 del documento Descargar
TARIFAS POR ACTO MÉDICO
Ver anexo en la página 9368 del documento Descargar
PRESTACIONES ESPECIALES QUE PUEDEN SER CONSIDERADAS URGENTES
Ver anexo en la página 9368 del documento Descargar
Y, en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente Adenda de prórroga y modificación por triplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.- Por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, Blas Gabriel Trujillo Oramas.- Por el Colegio Oficial de Dentistas de Las Palmas, Francisco Juan Cabrera Panasco.- Por el Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, Concepción M. León Martínez.
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