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BOC-A-2022-241-3727.
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BDNS (Identif.): 662105.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/662105).
Primero.- Objeto.
Convocar para la campaña 2023 la “Ayuda a los productores de determinados cultivos forrajeros” prevista en la Acción III.12 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), destinados a la alimentación animal.
Dichos cultivos serán: trigo, cebada, avena, centeno, maíz, alforfón, guisantes, habas, altramuces, veza, alfalfa, pasto de Sudán, ray-grass, tagasaste y otras forrajeras.
Segundo.- Beneficiarios.
Los productores de Canarias de los siguientes cultivos para la alimentación animal: trigo, cebada, avena, centeno, maíz, alforfón, guisantes, habas, altramuces, veza, alfalfa, pasto de Sudán, ray-grass, tagasaste y otras forrajeras, que cumplan la condición de agricultor activo exigido en el artículo 3.2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, aprobadas por Orden de 28 de noviembre de 2017, en su redacción dada por la Orden de 29 de septiembre de 2022 (BOC nº 203, de 13.10.2022), así como los demás requisitos y condiciones de admisibilidad exigidos en esta convocatoria.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 28 de noviembre de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI) (BOC nº 233, de 4.12.2017).
Cuarto.- Cuantía.
1. El importe unitario máximo de la ayuda asciende a 300 euros por hectárea. Este importe podrá incrementarse hasta 600 euros por hectárea si la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europa aprueba las modificaciones al Programa notificadas el 28 de julio de 2022, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40, apartado 3, letra c) del Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión.
2. Se abonará un complemento de la ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña 2020.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Cuarenta y cinco (45) días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Canarias, a 28 de noviembre de 2022.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA,
Alicia Vanoostende Simili.
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