Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
3 páginas.
Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 192.91 Kb.
BOC-A-2022-199-3050.
Firma electrónica
- Descargar
BDNS (Identif.): 651044.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/651044).
Primero.- Entidades beneficiarias.
Actuaciones A: podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas previstas en esta Orden aquellas entidades, públicas o privadas que desarrollen actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios a las empresas, que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, faciliten la actividad emprendedora y que cumplan los siguientes requisitos establecidos en la base reguladora 4.1.
Actuaciones B: podrán ser entidades beneficiarias aquellas empresas privadas que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación, que sean empresas canarias emergentes de base tecnológica, según definición de la base reguladora 2, y que cumplan los demás requisitos establecidos en la base reguladora 4.2.
Por cada entidad, se establece un máximo de un proyecto a subvencionar, aunque podrán presentarse hasta tres solicitudes (base reguladora 3.4).
Segundo.- Objeto.
Actuaciones subvencionables: convocar subvenciones públicas a proyectos innovadores en Canarias con cargo al proyecto de inversión Canarias Stars, para el ejercicio 2022.
Las actuaciones subvencionables podrán ser de dos tipos, según se establece en la base reguladora 3:
Actuaciones tipo A. Dentro de este tipo de actuaciones se incluyen las siguientes:
- Actuaciones dirigidas a fomentar los proyectos de innovación en empresas canarias emergentes de base tecnológica, especialmente las que promuevan la participación de dichas empresas en proyectos nacionales, europeos e internacionales.
- Actuaciones que promuevan la puesta en marcha y consolidación de empresas canarias emergentes de base tecnológica.
- Acciones que fomenten la tutela a los emprendedores, especialmente las dirigidas a promover el apoyo y el asesoramiento técnico en materia de innovación y tecnología.
- Acciones dirigidas a promover puntos de encuentro que faciliten el contacto de los emprendedores con los inversores privados o business angels.
Actuaciones tipo B. Proyectos de innovación a desarrollar por las empresas canarias emergentes de base tecnológica.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden nº 205/2022, de 5 de septiembre de 2022, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones a proyectos innovadores en Canarias con cargo al proyecto de inversión Canarias Stars (BOC nº 182, de 14.9.2022).
Cuarto.- Cuantía.
Se aprueba la realización de un gasto para el ejercicio 2022 por importe de 2.000.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B. 7700200 P.I. 217G0204, “Pepstars Proyecto Canarias Stars”. De acuerdo con lo dispuesto en la base reguladora 7.2, se asigna una dotación económica de 1.000.000,00 euros a las actuaciones tipo A y 1.000.000,00 euros a las actuaciones tipo B.
El importe total de la dotación económica indicada podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre y cuando exista cobertura económica para llevarla a cabo y la disposición de créditos disponibles sea publicada con anterioridad a la resolución de la convocatoria. La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible, para aplicar a todas las entidades propuestas como beneficiarias, siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto lo permitan.
Los límites mínimo y máximo de subvención a conceder por proyecto subvencionado son 25.000,00 euros y 200.000,00 euros, respectivamente.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del presupuesto financiable, teniendo en cuenta los criterios a los que se refiere la base reguladora 8.
El abono de la subvención se efectuará por anticipado, de conformidad con el artículo 37 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y según lo establecido base reguladora 4.6, de conformidad con el Acuerdo de 25 de febrero de 2021 de modificación tercera del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, o disposiciones que lo sustituyan.
Las entidades beneficiarias estarán exentas de presentar garantías para el abono anticipado de la subvención.
En relación a lo establecido en la base reguladora 5.5, el coste subvencionable de personal por persona trabajadora, para las actuaciones tipo A y tipo B, será como máximo la suma del salario mínimo establecido en la tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo, según convenio colectivo aplicable, incrementado en un 50%, y la cotización a la Seguridad Social por parte de la entidad beneficiaria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, expirando las 14:00 horas del último día del plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria (base reguladora 12), ubicado en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede).
Sexto.- Otros datos.
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. La notificación de las resoluciones provisional y definitiva se llevará a cabo mediante su publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo previsto en los artículos 41 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las acciones que los interesados deban realizar se harán obligatoriamente a través del aplicativo de gestión telemática del procedimiento ubicado en la sede electrónica.
Los requerimientos que se dirijan a las entidades interesadas para subsanar defectos en la documentación aportada en la solicitud inicial o de cualquier otra documentación y/o información adicional serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, surtiendo esta todos los efectos de la notificación.
La subvención concedida no será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados (base reguladora 15).
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre de 2022.
LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.
© Gobierno de Canarias