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BOC-A-2022-135-2296.
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BDNS (Identif.): 636911.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/636911).
Primero.- Objeto.
Es objeto de las presentes bases establecer las reglas que regirán la concesión de las ayudas del Consejo Social de la Universidad de La Laguna a entidades que desarrollen y ejecuten proyectos en el presente año 2022, cuyo contenido promueva el conocimiento, la participación y las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad.
Segundo.- Requisitos de los solicitantes.
1.- Podrá participar cualquier persona física o jurídica que pueda adquirir la forma de entidad, asociación o colectivo sin ánimo de lucro, formalmente constituido, que pueda establecer estrechos vínculos con la ULL o que pueda acreditar alguna vinculación actual con la Universidad de La Laguna, incluidos los instrumentos específicos existentes en la propia ULL.
La condición de persona jurídica deberá reunirse, como máximo, el último día de plazo de presentación de solicitudes y habrá de mantenerse hasta la justificación de la ayuda económica concedida o, en su caso, hasta el fin del plazo de prescripción de infracciones o sanciones.
De esta convocatoria quedan excluidos los miembros pertenecientes al Consejo Social.
2.- Solo se podrá presentar una solicitud por cada persona o entidad de las referidas en el apartado primero de esta base, que considere que reúne los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
La presentación de las candidaturas deberá formalizarse en el modelo de formulario que figura como Anexo I a la presente Resolución, que estará a disposición de las personas interesadas en la página web del Consejo Social (www.csocial.ull.es).
Junto al formulario se adjuntará la siguiente documentación:
- Memoria que detalle el proyecto realizado o a realizar, incluyendo la vinculación del proyecto con objetivos que potencien el conocimiento, la participación y las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad, así como el presupuesto total de ingresos y gastos del mismo, con el importe que se solicita al Consejo Social.
- Declaración expresa de la persona o entidad proponente, de aceptación de las normas de la presente convocatoria.
- Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones fiscales y de Tesorería de la Seguridad Social que sean oportunas, en virtud del tipo de persona al que representen.
Tercero.- Requisitos de los beneficiarios.
Son obligaciones de los beneficiarios, según se establece en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
a) Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede: gastos derivados del proyecto destinado a promover el conocimiento, la participación y las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad.
Los gastos que el beneficiario financie con esta ayuda podrán llevarse a cabo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.
b) La entidad subvencionada deberá incluir en su publicidad, textos, presentaciones públicas, etc., una referencia en lugar preferente a la colaboración prestada por el Consejo Social de la Universidad de La Laguna.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan, en su caso, al Servicio de Control Interno de la ULL.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos previstos en la normativa vigente.
f) Justificar, antes del 31 de enero de 2023, los gastos derivados del proyecto objeto de subvención a través de un informe-memoria de la actividad realizada, acompañada del material publicitario de la misma y una relación detallada de los gastos realizados con los justificantes de gasto que procedan.
Cuarto.- Solicitudes a subvencionar, carácter y cuantía de las ayudas.
1. Se otorgará un máximo de tres (3) ayudas en régimen de concurrencia competitiva, en caso de que el número de solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en estas bases sea superior a tres, por importe de mil (1.000,00) euros cada una, para cada beneficiario.
En caso de que queden sin asignar ayudas, estas se redistribuirán entre las solicitudes recibidas, en caso de que existan razones debidamente justificadas y atendiendo a la proporcionalidad entre el porcentaje a subvencionar y el presupuesto de gastos presentado.
2. El importe total de las ayudas será de tres mil (3.000,00) euros, financiándose con cargo al Capítulo IV del presupuesto del Consejo Social de la Universidad de La Laguna para el ejercicio presupuestario 2022, aplicación presupuestaria 2022.180502AA.421B1.48002.
Quinto.- Duración de la ayuda.
La duración de la presente ayuda se entenderá imputada exclusivamente al año 2022.
Sexto.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
La solicitud se presentará por una persona que represente suficientemente a la entidad, debidamente identificada, acompañando el documento que acredite tanto su representatividad como la legalidad de la entidad a la que represente.
Las solicitudes, junto con la documentación referida, se presentarán en el Registro de la Universidad de La Laguna o en la sede electrónica de la ULL, dirigida a la Señora Presidenta del Consejo Social, dentro del plazo señalado en la convocatoria. También se podrán presentar a través de cualquiera de las vías contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de las candidaturas comenzará a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución y finalizará a las 15:00 horas del 31 de julio de 2022.
San Cristóbal de La Laguna, a 29 de junio de 2022.- La Rectora, Rosa María
Aguilar Chinea.
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