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BOC-A-2022-128-2160.
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BDNS (Identif.): 634435.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/634435).
1.- Objeto.
Esta submedida tiene por objeto fomentar el mantenimiento de la aplicación de métodos de agricultura ecológica, incluyendo la ganadería, según se define en el Reglamento (CE) nº 834/2007, del Consejo, de 28 de junio, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y en el Reglamento (CE) nº 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control, para obtener alimentos orgánicos asegurando a largo plazo una agricultura sostenible y la protección de los recursos naturales.
2.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios del régimen de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, reúnan los requisitos previstos en estas bases y que hayan sido solicitantes de las ayudas convocadas anualmente relativas al mantenimiento de prácticas y métodos de la agricultura ecológica (Medida 11, submedida 11.2), previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el periodo 2014-2020, en alguno de los dos periodos de convocatoria abiertos en 2018 o 2021.
3.- Solicitudes.
1. Los interesados en renovar los compromisos para acogerse a las ayudas reguladas en estas bases, deben presentar una solicitud ajustada al modelo normalizado que se establece en esta convocatoria, que estará disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, a través de la siguiente dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/
2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boleơn Oficial de Canarias y de la publicación íntegra en el tablón de anuncios electrónico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias.
4.- Cuantía.
1. Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea en un 85 por ciento, por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un 4,5 por ciento, y por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria en un 10,5 por ciento.
2. Las primas unitarias anuales para la submedida de mantenimiento a la producción ecológica, submedida 11.2, son las establecidas en la base 6.2 de la convocatoria.
3. A estas cuantías se les aplicarán los factores de corrección que se indican en la
base 6 de la convocatoria.
5.- Requisitos.
1. Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar inscrito como operador ecológico en el registro de operadores de producción ecológica (ROPE) de Canarias.
b) Ser titular de explotación agraria ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y tener inscritos en el registro de operadores de producción ecológica de Canarias (ROPE) los recintos SIGPAC por los que se solicita la subvención.
c) Ser agricultor activo de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento (EU) nº 1307/2013, y tal como define el artículo 8 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre aplicación a partir del 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y a otros regímenes de ayudas, así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. La acreditación de la condición de agricultor activo se realizará conforme a la Resolución de 16 de febrero de 2022, por la que se establece, para el año 2022, el procedimiento de presentación de la declaración para la acreditación de la condición de agricultor activo de las personas solicitantes de ayudas consideradas pago directo (BOC nº 40, de 25.2.2022).
d) En el caso de que se solicite ayuda para ganadería ecológica, ser titular de explotación ganadera inscrita en el REGA de Canarias, y que se encuentre ubicada en el territorio de Canarias.
e) Haber sido solicitante en las ayudas convocadas anualmente relativas al mantenimiento de prácticas y métodos de la agricultura ecológica (Medida 11, submedida 11.2), previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el periodo 2014-2020, en alguno de los dos periodos de convocatoria abiertos en 2018 o 2021.
f) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) Disponer del alta de terceros en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC).
h) Suscribir los compromisos establecidos en las bases de esta convocatoria, de acuerdo a la ayuda solicitada.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de junio de 2022.- El Director, José Basilio Pérez Rodríguez.
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