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BOC-A-2022-115-1953.
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Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de 23 de diciembre de 2021 (extracto en BOC nº 268, de 30.12.2021), se convocaron anticipadamente para el 2022 subvenciones destinadas a inversiones productivas en acuicultura, previstas en la Sección 7ª del Capítulo II de la Orden de 7 de junio de 2017, que aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Reglamento (UE) nº 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), para el periodo 2014-2020 (BOC nº 115, de 16.6.2017).
De acuerdo a lo previsto en el artículo 71 de dichas bases se procede al requerimiento de documentación a los solicitantes de estas subvenciones para que en el plazo de diez (10) días subsanen y completen los documentos y datos que se reseñan en el anexo adjunto, advirtiéndoles de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución que deberá se dictada en los términos previsto en el artículo 21 de la referida Ley.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de 2022.- El Director General de Pesca, Carmelo Dorta Morales.
Ver anexo en la página 21971 del documento Descargar
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